Nuevo Siglo exige renuncia de los conservadores por no votar en contra de la Reforma a la Justicia
Por su parte, Germán Vargas Lleras, en columna de El Tiempo, se defiende de las críticas por Reforma a la Justicia.


¡Que renuncien!Por El Nuevo Siglo Como se sabe la colectividad que fue creada en Colombia, entre otros postulados, para defender la ética y el orden constitucional contra las vías de hecho es el Partido Conservador
Frente a ello, es un oprobio constatar como en los episodios de la malhadada reforma a la Justicia ninguno de los parlamentarios conservadores, en lo que consta en Secretaría, votó en contra de la Conciliación. Bien porque sufragaron afirmativamente o no concurrieron, tomando la vía furtiva que tanto criticara Laureano Gómez a la hora de las batallas. Se disparó así un envenenado proyectil directamente no sólo contra el corazón de la Constitución, sino contra todo el Decálogo conservador imprescriptible
El Conservatismo tuvo una época de oro en la Asamblea Constituyente de 1991. Intentó, a través de Álvaro Gómez, Misael Pastrana, Rodrigo Lloreda y Juan Gómez, jefes de los grupos de aquel origen, básicamente elevar el tono moral de la política. Era la representación en más de 20 curules, de las 70, una buena proporción de la Constituyente, incluidos los matriculados en listas de otra índole, como Mario Laserna y Álvaro Leyva, o liberales elegidos en las coaliciones de raigambre azul. Es por ello que personajes como Juan Carlos Esguerra, uno de estos últimos y hasta hace unos días ministro de Justicia, sorprendió con su conducta apaciguadora frente a la dinamita constitucional y la debacle activada en el Congreso. Al menos reconoció su responsabilidad política, renunciando
La mayoría de conservadores de la Constituyente, aún a pesar de las divisiones, fueron promotores decididos del cambio y resultaron fundamentales en los institutos de la nueva Carta, entre ellos el riguroso régimen del congresista para recuperar la majestad parlamentaria y volver por los fueros de la dignidad. Al lado de Raimundo Emiliani, Augusto Ramírez O., Cornelio Reyes, Mariano Ospina H., Carlos Daniel Abello, Álvaro Cala, Miguel Santamaría, Ignacio Molina, Carlos Rodado, Rodrigo Llorente, entre otros, estuvo Hernando Yepes, hoy uno de los denunciantes de las tropelías de la supuesta "reforma de la Justicia", según sesudo ensayo en este Diario
El hecho actual, en todo caso, es que frente a las directivas del Partido Conservador, incurso en un intencionalmente lerdo proceso de "reingeniería", las cosas están lejísimos de legalizarse y marchar al tenor del nuevo artículo 107 de la Constitución: "los partidos y movimientos políticos se organizarán democráticamente y tendrán como principios rectores la transparencia, objetividad (y) moralidad..." ; directivas por lo demás ya sujetas a los dictámenes del Consejo Electoral en referencia a la pérdida de la personería jurídica que corresponde aplicar perentoriamente, según el artículo 108, por no haber celebrado ninguna convención en los últimos dos años, desde la vigencia del Acto Legislativo 1 de 2009
Su reiterada incapacidad de rectificación, desoyendo las voces de quienes pensamos que el cambio exigiendo y templando los resortes internos, legados por nuestros mayores, todavía es posible; usados todos nosotros en un comité de “reingeniería” para redactar incisos estatutarios mientras el club parlamentario, no sólo procedía en contra de lo que se escribía, sino que convocaba cenáculos de objeto espurio para cranear a hurtadillas las fechorías de la Conciliación; contravenidos todos los tiempos y cronogramas de aquel comité que se suponía y habían anunciado de emergencia para salvar al Conservatismo de la hecatombe de las elecciones regionales y aplicar lo de rigor ético en tantos procesos penales fallados y en curso; advertido de nuestra parte el propio Director del Partido Conservador de que con sus rémoras había fracasado en el intento de cambio prometido; renunciados o abstenidos la mayoría de miembros del comité por la desarticulación entre la teoría y la práctica, no queda, por todo ello y mucho más, sino la desolación de saber que allí no existe la palabra enmienda. Por el contrario, caben gigantescas responsabilidades ante el país a las directivas partidistas, representadas además del propio Director, en nada menos que en el Presidente del Congreso, además de los conciliadores y más influyentes en los cambios torticeros a lo largo de la Reforma, hasta su cataclismo final. ¡Que renuncien!, si quieren mantener un ápice de decoro
No es dable, cierta y dignamente, que el Partido Conservador Colombiano, con todo lo que tiene de histórico, grande y republicano, con todas las posibilidades hacia el futuro de modernizarse y empinarse por su experiencia y prestigio al lado de colectividades hermanas que dirigen sus naciones en Alemania, Inglaterra y España, cercanas por sus Fundaciones en tantas décadas de compartir talante, financiación e ideología, siga atado a unas directivas que han hecho de su impronta e ideas rey de burlas e irritante caricatura. El Conservatismo, según rezan sus principios germinales, "no quiere aumentar sus filas con hombres que no profesen teórica y prácticamente los principios de su programa; por el contrario, le convendría que si en sus filas se hallan algunos que no acepten con sinceridad estos principios, desertasen de una vez"
¡Renuncien, por tanto, o llevarán en su frente la imborrable mácula de haber disuelto el Partido Conservador, no sólo formalmente, sino por su conducta!La reforma que no fuePor Germán Vargas LlerasExministro del Interior y de JusticiaMinistro de ViviendaSoy solidario con el Gobierno, del que hago parte en las buenas y en las malas, y por eso estoy en capacidad de responder por todos y cada uno de los artículos que constituían el proyecto original de reforma de la justicia que el Ejecutivo puso a consideración del Congreso y que se fundamentaba en cuatro pilares: fortalecer la seguridad jurídica, ampliar el acceso y superar la descongestión del aparato judicial, optimizar la gerencia y el manejo de la rama, y reformar algunos aspectos institucionales
En el trámite del acto legislativo, y muy concretamente en la conciliación del mismo, los puntos centrales de la iniciativa se fueron eliminando o modificando, con una orientación que en nada contribuía al mejoramiento de la justicia. Veamos:1) Reglamentación de la tutela. Necesaria para evitar el choque de trenes entre las altas cortes. La norma también regulaba las competencias entre los distintos jueces y tribunales y evitaba que un inferior tutelara a un superior, entre otros aspectos. Este artículo fue eliminado
2) Precedente judicial. En materia de seguridad jurídica, también creímos oportuno se debatiera este tema elevando a la categoría de fuente de derecho, de obligatoria observancia, para magistrados de tribunales y jueces, la jurisprudencia de las altas cortes. No se incluyó
3) Control previo. Buscaba que las leyes que regularan aspectos penales, económicos o fiscales surtieran un control previo de constitucionalidad antes de entrar en vigencia. Una vez surtido este trámite, no procederían sentencias con efectos retroactivos por parte de la Corte Constitucional. Se eliminó
4) Eliminación del Consejo Superior de la Judicatura. Fortalecimiento de la gerencia de la Rama. Sobrados motivos le asistían al Gobierno para promover una reforma que fortaleciera su capacidad de gestión en lo administrativo y disciplinario. En igual forma se concibió, recogiendo el ejemplo del Banco de la República, dotar al poder judicial de un gerente, inspirado en ese exitoso modelo. Quien lea el cúmulo de parágrafos transitorios y normas adicionales que fueron incluidas en el acta de conciliación no podrá menos que advertir que primaron los intereses de quienes se verían afectados
5) El proyecto original no modificaba en absoluto las reglas, competencia o causales de pérdida de investidura
6) No modificaba ninguna regla sobre competencias para el juzgamiento de magistrados, ministros, embajadores, gobernadores, etc. Me pregunto: a qué hora y a solicitud de quién se modificó la normatividad vigente
7) La reforma sí preveía consagrar el principio de la doble instancia en el juzgamiento de congresistas y advertía claramente que la Sala Penal de la Corte Suprema, en forma privativa, tendría la competencia en ambas instancias
8) Los magistrados de las altas cortes serían elegidos por la propia corporación. Su período continuaba siendo de ocho años, los requisitos para ser magistrados se aumentaban y, por consiguiente, la edad de retiro forzoso. Claramente, la norma no se inspiró en favorecer ni en perjudicar a nadie en particular y bien hubiera podido advertirse que su aplicación sería hacia el futuro. Durante el año en que me desempeñé ejerciendo las funciones de Ministro de Justicia, nunca recibí solicitud de magistrado alguno abogando por su causa
Como se podrá apreciar en estas cortas líneas, hace bien el Gobierno en objetar, por inconstitucional, todas aquellas disposiciones que surgieron a última hora, que no respetaban el principio de consecutividad y que poco aportaban al interés general. En igual forma, conviene que los partidos políticos acojan el criterio con el que el Presidente, aduciendo razones de inconveniencia, solicita al Congreso el hundimiento de la reforma
Es la quinta reforma de la justicia que se hunde en esta década. Se perdió una oportunidad de oro para haber adoptado reformas que la justicia requería. Muchas cosas tendrán que cambiar en el futuro para que gobierno alguno se atreva a intentarlo de nuevo.




