Sala Disciplinaria de la Judicatura niega responsabilidad en 'carrusel de pensiones'
Los siete magistrados que integran la Sala Disciplinaria manifestaron que la gran mayoría de casos de los supuestos pensionados no cumplían con requisitos como la edad.
Sala Disciplinaria de la Judicatura niega responsabilidad en 'carrusel de pensiones'
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Los siete magistrados que integran la Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura dijeron estar dispuestos a colaborar con las investigaciones de la Contraloría y manifestaron que la gran mayoría de casos de los supuestos pensionados no cumplían con requisitos como la edad
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“El 90 por ciento de las personas que son relacionadas por los medios de comunicación, como parte de un documento de la Contraloría, no tienen la edad para adquirir una pensión de jubilación y como consecuencia de ello, no se han pensionado luego de ejercer algún cargo en la Sala Jurisdiccional Disciplinaria”, señala el comunicado
Esta es la totalidad del comunicado:Aclara la Sala Jurisdiccional Disciplinaria que todas las actuaciones de sus magistrados, en la designación de Magistrados Auxiliares, fueron hechas conforme con el ordenamiento jurídico y no hemos desconocido ninguna norma de ética pública, fiscal o penal, por haber designado en algún momento mujeres mayores de 50 años u hombres mayores de 55
En estas designaciones fue tenido en cuenta el cumplimiento de todos los requisitos legales para ocupar los cargos correspondientes y todas las disposiciones establecidas en la Ley 270 de 1996 y la Ley 931 de 2004
En segundo lugar, el 90 por ciento de las personas que son relacionadas por los medios de comunicación, como parte de un documento de la Contraloría General de la Nación, no tienen la edad para adquirir una pensión de jubilación y como consecuencia de ello, no se han pensionado luego de ejercer algún cargo en la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura, tal como lo afirmamos en anteriores declaraciones públicas cuando se dio a conocer un documento que consta de 67 páginas y que fue entregado a los medios de comunicación y al Congreso de la República
La Sala Jurisdiccional Disciplinaria señala que si a través de las tutelas concedidas por la Corte Constitucional o de fallos de la Jurisdicción Contencioso Administrativa se reconocieron pensiones amparadas en el Decreto 546 de 1971, desconociendo que dicha norma fue derogada, le asiste razón al Gobierno Nacional cuando solicitó que el Consejo de Estado y la Corte Constitucional deben clarificar su jurisprudencia en este tema, para evitar un “hueco” fiscal que con sus pronunciamientos estaban provocando.