Giros podrán ser enviados por servicios postales: Corte Constitucional
Según el alto tribunal los giros que se adelantan por medio de empresas postales gozan de la vigilancia del Ministerio de Comunicaciones.
La Corte Constitucional indicó que los giros son una actividad bancaria neutra que está regulada por las autoridades financieras y no compiten con los servicios prestados por los bancos. Según el magistrado Juan Carlos Henao, del alto tribunal los giros que se adelantan por medio de empresas postales gozan de la vigilancia del Ministerio de Comunicaciones
La norma había sido demandada por considerar que estas operaciones eran transacciones financieras, por lo que debían ser adelantadas y reguladas por el sistema financiero
Para la Corte los demandantes no tenían la razón debido a que en primer lugar muchos habitantes del territorio no tienen la misma facilidad para acceder a servicios bancarios de giros de dinero
En otra decisión, el alto tribunal también aprobó el pago del impuesto predial a los concesionarios que administran predios del Estado, debido a que se benefician de los mismos. La determinación aplica a todas las concesiones viales y de infraestructura que los concesionarios manejan a nivel nacional




