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ICBF tendrá que devolver a un menor que le había quitado a una familia de escasos recursos

Por medio de un fallo de tutela, la Corte cierra la puerta a la posibilidad de que el gobierno quite la custodia de sus hijos a personas pobres.

La Corte Constitucional ordenó al ICBF dejar sin efecto la resolución de la declaratoria de abandono y exigió que la custodia del menor vuelva a sus padres, por que la pobreza no es impedimento para mantenerlo. De acuerdo con el fallo, se trata de una mujer de 46 años, quien presentó una acción de tutela en nombre y representación de su hijo de tres años en contra del ICBF, en la que señala que formó hogar con un hombre del que nació su hijo el 23 de abril del año 2006, quien fue debidamente reconocido y registrado por la pareja. Agrega que su hijo nació de modo prematuro y con serios problemas pulmonares y que además ella se encontraba con algunos quebrantos de salud, razón por la cual el médico le ordenó reposo. "En vista de lo anterior, durante tres días no pudo asistir al hospital a velar por su hijo, pero una vez se recuperó, reanudó las visitas de rigor. Aporta como medio de prueba resumen de la historia clínica del niño", señala el fallo. Posteriormente sostiene que uno de los días en que fue a visitar a su hijo, la Trabajadora Social del Hospital El Tunal, le exigió entregar al niño a una madre sustituta escogida por el ICBF, según ella y con la excusa de que el instituto había dispuesto darlo en adopción. Ante dicha situación la mujer se había negado a entregar al niño a la madre sustituta, hasta el punto que habían tenido que arrebatárselo a la fuerza exigiendo explicaciones de la decisión. El caso que llegó a instancias de la Corte Constitucional, aduce que los padres biológicos no tenían recuros para mantener al menor, razón por la cual el alto tribunal le advirtió al Bienestar Familiar que las condiciones socioeconómicas no pueden ser razones para que una familia pierda la custodia de los hijos. Además y con los mencionados argumentos la Corte ordenó al ICBF dejar sin efecto la resolución de la declaratoria de abandono y exigió que la custodia del niño vuelva a sus padres

En segundo lugar ordenó al ICBF proveer los recursos económicos indispensables para el niño, así como sustitutos lácteos y nutricionales y apoyo psicosocial a la familia. Finalmente le ordenó a la Defensoría del Pueblo el seguimiento del caso rindiendo informes cada tres meses durante un lapso de cuatro años

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