Uribe emite directiva presidencial que restringe la contratación pública en vísperas de las elecciones 2010
La contratación pública directa por parte de cualquiera de las ramas del poder público y la vinculación de personal, quedarán restringidas a partir del 30 de enero de 2010.
Uribe emite directiva presidencial que restringe la contratación pública en vísperas de las elecciones 2010
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A través de una directiva, el presidente Álvaro Uribe fijó las prohibiciones en materia de contratación pública y de vinculación de personal a la nómina del Estado, con el fin de ofrecer todas las garantías para las elecciones presidenciales y del Congreso de 2010
La contratación pública directa por parte de cualquiera de las ramas del poder público y la vinculación de personal a la nómina del Estado, quedarán restringidas a partir del 30 de enero del próximo año a las 0 horas, y permanecerán así hasta el 30 de mayo, o hasta el 20 de junio, en caso de que haya segunda vuelta. De acuerdo a la directiva, las autoridades responsables de las gobernaciones, las alcaldías y las demás entidades descentralizadas, tendrán prohibido celebrar "convenios interadminitrativos para la ejecución de recursos públicos" desde el próximo 14 de noviembre a las 0 horas hasta las elecciones al Congreso de 2010. Frente a la suspensión de la vinculación de personal a la Nómina Estatal la directiva establece que no se podrán crear nuevos cargos fijos o provisionales excepto cuando se den renuncias, licencias o muertes, o cuando sean cargos indispensables para el funcionamiento del Estado
No obstante, se advierte que sí podrán ser designados las personas que ganen los concursos de méritos y que sean acreedores de un cargo de carrera administrativa
En torno a la prohibición a la contratación pública directa por parte de cualquier rama del poder público, se establecieron algunas excepciones. Una de ellas es que sí se podrán adjudicar contratos a través de licitación pública. La norma no aplicará tampoco para la adquisición de bienes, servicios o la celebración de contratos que sean requeridos para la defensa y seguridad del Estado. Tampoco aplicará la norma para los contratos que sirvan para atender eventuales emergencias educativas, sanitarias o desastres naturales. Tampoco aplicará en caso de que exista la necesidad de reponer elementos infraestructura o comunicaciones que hayan sido afectados por eventuales atentados terroristas o ataques de otro tipo. Con el fin de acatar adecuadamente la directiva, el presidente Uribe le pidió a los funcionarios planear con suficiente anticipación la contratación pública y los demás movimientos financieros con el fin de que la prestación del servicio y la continuidad del mismo no se vea afectado
El Jefe del Estado recordó algunas de las prácticas con las cuales los funcionarios incurrieran en "faltas gravísimas". Algunas de ellas son:- Acosar o presionar el respaldo a una causa política
- Difundir propaganda política a favor o en contra de cualquier partido
- Favorecer a quienes respaldan una u potra causa política
- Ofrecer algún tipo de beneficio directo, a cambio de respaldar algún movimiento político