Objeción de conciencia si puede eximir a una persona de prestar el servicio militar
La C. Constitucional expresó que la objeción de conciencia puede eximir del servicio militar y requirió al congreso para que reglamente las condiciones para la garantía.
La Corte Constitucional expresó que la objeción de conciencia si puede eximir a una persona del servicio militar y requirió al congreso para que reglamente en que condiciones se accede a esta garantía El presidente de la Corte Constitucional, Nilson Pinilla, dijo que la libertad de conciencia tiene que ser respetado ya que esta contemplada en la Constitucional nacionalLa Corte se expreso así al estudiar la norma mediante la cual se exime del servicio militar a las personas discapacitadas y a los indígenas
El demandante sostuvo que en este caso hay una omisión legislativa ya que no se tuvo en cuenta a los que no prestan el servicio militar por tener una objeción de conciencia
El alto tribunal señala que no hay omisión por que esta condición es objeto de protección por parte de la constitucional por lo que consideró que la norma es exequible pero eso no exime para que el Estado colombiano deje de atender la objeción de conciencia
Expresó el magistrado que hay que tener en cuenta que las objeciones pueden ser éticas, filosóficas y religiosas
Dijo el magistrado que lo que ahora debe pasar es que cada quien debe evaluar si se le esta garantizando su derecho y si no es así acudirá a el mecanismo de la tutela
“Le queda claro a las fuerzas militares que tiene que analizar con mucho detenimiento la objeción que por cuestiones filosóficas, éticas y religiosas pueda establecer una persona contra de la prestación del servicio militar” dijo el magistrado Pinilla.




