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Avanza en el congreso 'prohibición' de dosis mínima de estupefacientes

La Cámara aprobó en el quinto de ocho debates la reforma constitucional que prohíbe el porte y consumo de estupefacientes y sustancias sicotrópicas.

La Cámara de Representantes aprobó en el quinto de ocho debates la reforma constitucional que prohíbe el porte y consumo de estupefacientes y sustancias sicotrópicas

La iniciativa tiene una variación frente a las cuatro propuestas anteriores del gobierno, todas fracasadas en el Congreso, pues no se trata de modificar el artículo 16 de la Constitución Política, sobre el libre derecho de la personalidad, sino el artículo 49, referente a la atención en salud y saneamiento ambiental

Los ponentes de la iniciativa, los representantes Nicolás Uribe, Rosmery Martínez y Juan de Jesús Córdoba, ratificaron la eliminaron de una propuesta del gobierno en el proyecto original para crear 'tribunales terapéuticos' a donde serían conducidos los drogadictos 'con limitaciones temporales al derecho a la libertad'

Pero según los aprobado, una ley posterior debe reglamentar sanciones que se aplicarían a la nueva prohibiciòn constitucional

El proyecto agrega dos párrafos al artículo 49 de la Constitución, así:"El porte y consumo de sustancias estupefacientes o psicotrópicas está prohibido. Con fines preventivos y rehabilitadores, la Ley establecerá medidas pedagógicas, profilácticas o terapéuticas para quienes consuman dichas sustancias"

"Así mismo el Estado dedicará especial atención al enfermo dependiente o adicto y a su familia para fortalecerla en valores y principios que contribuyan a prevenir comportamientos que afecten el cuidado integral de la salud de las personas y, por consiguiente, de la comunidad, y desarrollará en forma permanente campañas de prevención contra el consumo de drogas o sustancias estupefacientes y en favor de la recuperación de los adictos"

Según el ministro del Interior, Fabio Valencia Cossio, las estadísticas demuestran que coincidencialmente, tras la despenalización del consumo en dosis mínimas, mediante sentencia del entonces magistrado de la Corte Constitucional Carlos Gaviria Díaz, el consumo se disparó en Colombia, afectando principalmente a la población joven

El representante Nicolás Uribe, coordinador de ponentes del proyecto, dijo que simplemente se prohibe el porte y consumo de las drogas y no mete a la cárcel a los consumidores, pues se trata de una herramienta para recuperar la seguridad ciudadana y poder darle tratamiento a los adictos que lo soliciten

"No hay penas por consumo de dosis sino el interés porque el Estado les brinde atención, con su consentimiento", dijo uribe, mientras el Ministro expresaba que quien tenga las drogas será tratado como enfermo y será llevado para que de manera voluntaria, inicialmente, pueda asumir uno de los tratamientos que va a ofrecer el Estado

El prolongado debate del proyexcto tuvo opositores dentro de la propia bancada uribista, como el representante Tarquino Pacheco, de Cambio Radical, quien consideró que se trata a los enfermos como delincuentes y el proyecto no afronta las raíces del problema social

"Es un exhabrupto constitucional, pues al paso que vamos se van a prohibir las relaciones sexuales porque existe el sida, o se prohibirà el roce personal porque hay gripa", dijo

El representante Roy Barreras, del Partido de la U, dijo que la expresión "sustancias sicotrópicas", que se preioghiben tambièn, va a generar muchas dificultades en el país, pues sicotrópicas son el café, el cacao, el té, las aromáticas, la canela, el aguardiente y el cigarrillo

Al proyecto, para convertirse en texto constitucional, le faltan aún tres debates, uno en la Cámara y dos en el Senado. Todos deben surtirse antes del próximo 16 de diciembre.

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