Decreto que reajustó salario mínimo se puede caer
El ex presidente de la Corte Constitucional, consideró que la anunciada demanda de las centrales obreras al decreto que reajustó el salario mínimo, se puede tumbar
El ex presidente de la Corte Constitucional, Eduardo Cifuentes, consideró que la anunciada demanda de las centrales obreras al decreto que reajustó el salario mínimo con base en la inflación causada tendría el suficiente soporte jurídico para que el Consejo de Estados lo tumbe. En su opinión no se habría guardado, con el ajuste del 7,67 por ciento al básico, el principio de la igualdad teniendo en cuenta que la inflación en el 2008 para el sector de más bajos ingresos, donde se supone que se encuentra la mayoría de los trabajadores colombianos que ganan el mínimo, fue del 8,99 por ciento. "La demanda puede tener soporte jurídico por la violación del principio de igualdad. Porque se trata de consultar realmente la situación de la capacidad de compra de las clases más desfavorecidas y por consiguiente si ellas han sufrido un mayor aumento en el nivel de precios, ciertamente el aumento del salario mínimo debe, por lo menos capturar y reflejar esa pérdida que se sufrió durante el año y por consiguiente creo que esta puede ser una razón muy importante a la hora de que la jurisdicción de lo contencioso administrativo entre a examinar la legalidad del decreto sobre el salario mínimo", señaló el expresidente de la Corte Constitucional. Dijo que el Consejo de Estado debe tener en consideración, cuando le corresponda examinar el decreto, todos los criterios propios del Estado Social de Derecho que estan referidos a la justicia social y a la igualdad y a que efectivamente el salario no pierda nunca su capacidad de compra para satisfacer tanto las necesidades personales como familiares de los trabajadores, particularmente de los estratos socieconómicos más golpeados por la inflación y para los cuales el salario era su única base de sustento. " No se le puede dar el mismo trato a quienes han sufrido un mayor deterioro en su capacidad de compra. De modo que si la inflación diferencialmente golpeó más a los estratos más bajos, es evidente que no se puede aplicar el mismo criterio a ellos y por el contrario, debería haberse tomado en consideración esa pérdida mayor de capacidad de pago de las clases trabajadores y de los estratos socieconómicos que reciben menos ingresos ", subrayó el exmagistrado Cifuentes.




