Los servicios sociales del Estado no hacen parte de la reparación a las víctimas: Corte Constitucional
Al analizar la ley de Justicia y Paz la Corte determinó que la asistencia social a las víctimas de grupos armados no hace parte de la reparación, sino de la obligación del Estado
Al analizar la ley de Justicia y Paz la Corte Constitucional determinó que la llamada asistencia social a las víctimas de grupos armados ilegales no hace parte de la reparación, sino de la obligación del Estado. El alto tribunal declaró inexequible el inciso 2 del artículo 47 que contempla que los servicios sociales como (salud, vivienda, educación, entre otros) hacen parte de las reparación de las víctimas. Los magistrados consideraron que la reparación está en cabeza del postulado a la ley de justicia y paz, quien no se debe descargar en lo que el Estado le brinda a las víctimas de grupos armados. La Corte aclaró que desde la vigencia de la ley de Justicia y Paz, los postulados deben cumplir todos los requisitos para poder acceder a las penas alternativas y si incumplen una sola obligación no pueden ser cobijados con los beneficios.




