Celebran fallo constitucional sobre unificación del POS
El fallo de la Corte Constitucional sobre el POS en igualdad para los colombianos, generó respuestas positivas en el gobierno, los gremios de la salud y en el Congreso
El fallo de la Corte Constitucional sobre el Plan Obligatorio de Salud (POS) en igualdad para los colombianos, generó respuestas positivas en el gobierno, los gremios de la salud y en el Congreso. El viceministro de Salud, Carlos Ignacio Cuervo, dijo que el gobierno ya venía trabajando en la unificación del POS y en el mejoramiento de la cobertura de salud, en especial a partir de la Ley 1122, recientemente aprobada y pendiente de reglamentación. Señaló Cuervo que la Corte ratificó el derecho a la salud como un derecho relativo que debe limitarse, pero con igualdad de condiciones para todos los colombianos. Y dentro de esa igualdad, prioriza la atención a los niños, que además es un precepto constitucional que la Corte ha reiterado. Por su parte la médica Dilian Francisca Toro, ex presidenta del Congreso, dijo que la sentencia es un avance en la definición de la salud como un derecho básico en igualdad de condiciones para todos. Pero que esa igualdad de servicios debe aplicarse en el futuro porque todavía no hay los recursos suficientes. "El gobierno tendrá que adapatarse a las decisiones y generar muchísimos recursos para cumplirlas", dijo la senadora al considerar que de todas maneras no habrá riesgos para la atención a las personas. De otro lado Elisa Torrenegra, directora ejecutiva de Gestarsalud, entidad que agremia a las empresas solidarias de salud, dijo que la unificación del POS es un gran avance en materia de equidad para los colombianos. "Las empresas solidarias que administran el régimen subsidiado apoyarán al gobierno en la formulación de los ajustes necesarios en materia de financiamiento y de contenidos", dijo Torrenegra al manifestar que la Corte estableció unas metas definidas para la atención en salud. Agregó que la Corte también trazó metas para mejorar el flujo de recursos a todo el sistema de salud, que en el caso del régimen subsidiado no ha sido el mejor ni el más adecuado. Sobre las tutelas En lo referente a la limitación de las tutelas, tanto el viceminsitro como la senadora Toro coincidieron en que el fallo es un tirón de orejas a las EPS que por acción u omisión obligan al usuario a acudir al recurso de amparo. "Le ordena a la Superintendencia de Salud una vigilancia estrictya para que cumplan su función aseguradora en lo referente a la atención", dijo el Viceministro al señalar que los pacientes no deben recurrir a la tutela para que cumplan en el tratamiento de las patologías establecidas o al suministro de medicamentos esenciales. La senadora Toro dijo que la mencionada ley 1122 faculta a los comités técnico científicos de las EPS a definir la viabilidad de atender eventos por fuera del POS. Y dijo que el fallo de la Corte Constitucional ratifica ese precepto y recobrar las inversiones a través del Fondo de Solidaridad y Garantías, Fosyga.



