Comisión Interamericana condena al Estado Colombiano por el llamado Choque de Trenes entre las Cortes
La Comisión Interamericana de Derechos Humanos profirió el primer fallo internacional sobre el llamado choque de trenes.
La Comisión Interamericana de Derechos Humanos profirió el primer fallo internacional sobre el llamado choque de trenes, que generara un precedente en los casos en los que la tutela anula un fallo judicial de los altos tribunales. La Comisión al condenar al Estado Colombiano señaló que las demoras atribuibles a los llamados choques de trenes, por el tema de la tutela contra las sentencias judiciales, han dejado en la incertidumbre a los usuarios de la justicia. El tribunal internacional señala que el incumplimiento de las tutelas, como un mecanismo rápido y sencillo para el amparo de de los derechos fundamentales constituye la violación a la Convención Americana de Derechos Humanos. Este pronunciamiento surgió ya que la Corte Suprema de Justicia no acató una tutela de la Corte Constitucional para que fallara a favor del trabajador, Sergio Emilio Antonio Antolinez, quien fue despedido según él de forma arbitraria pasando por encima de la Convención Colectiva de Trabajo. Ante esta situación la Comisión señaló que si procede la tutela contra la sentencia judicial. “Constituye un incumplimiento de la obligación de las autoridades competentes de garantizar toda decisión en que se haya estimado procedente dicho recurso. Ambos supuestos generan la violación del artículo 25 en concordancia con el artículo de la Convención Americana” “La demora señalada, no resulta atribuible a la actividad procesal del señor Cadena Antolinez sino que es enteramente atribuible a la actuación de las autoridades judiciales que a pesar de contar con una decisión definitiva, demoró la ejecución de los autos de cumplimiento en forma irrazonable” señala la determinación Así mismo, hace un pronunciamiento importante y es que este caso refleja que el efecto del llamado “choque de trenes” es el de generar y perpetuar una situación de indefinición de los derechos ya sea reconocidos o negados por los tribunales de instancia superior esto es la Corte Suprema de Justicia, el Consejo de Estado y la Corte Constitucional. “El conflicto entre estas instancias judiciales superiores deja a los usuarios del sistema judicial en la incertidumbre sobre el curso de acción a seguir en los casos en los que las sentencias judiciales violan derechos protegidos por la Convención Americana” señala el fallo. La Comisión Interamericana de Derechos Humanos recomendó al Estado Colombiano a adoptar las medidas necesarias para evitar la vulneración futura del derecho a la protección judicial consagrado en la Convención Americana, de conformidad con el deber de prevención y garantía de los derechos fundamentales reconocidos en la Convención Americana. En cuanto al daño inmaterial ocasionado al señor Cadena Antolinez, como resultado de la vulneración del derecho a la protección judicial, la Comisión considera que el presente informe constituye una reparación en sí misma.




