Los abusadores sexuales de niños no podrán aparecer en TV
Un fallo declaró inconstitucional un parágrafo del Código de Infancia y Adolescencia, que obligaba al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar a divulgar la fotografía y el nombre de los violadores de niños, antes de que se cumpliera un mes de su condena.
La Corte Constitucional tumbó la publicación en televisión de las fotografías e identidades de las personas que hayan sido condenadas por haber abusado sexualmente de menores de edad. El fallo declaró inconstitucional un parágrafo del Código de Infancia y Adolescencia, que obligaba al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar a divulgar la fotografía y el nombre de los violadores de niños, antes de que se cumpliera un mes de su condena. La Corte sustentó su decisión señalando que con la publicación de la identidad de los abusadores sexuales, no se garantiza que haya un protección de los derechos fundamentales de los menores de edad, por lo cual, la norma es irracional. Los magistrados exhortaron a las autoridades para que busquen medios eficaces para salvaguardar los derechos de los niños, diferentes a la publicación de las fotos de quienes abusan de ellos. A pesar del fallo, la Corte dejó en firme la libertad que tienen los medios de comunicación de publicar informaciones sobre quienes sean condenados por la justicia por abuso sexual de menores de edad.




