Procuraduría llamará a cuentas al gobierno sobre la implementación de la ley de infancia y adolescencia
El Procurador General de la Nación, Edgardo Maya Villazón, solicitó a cada una de las autoridades del orden nacional, departamental distrital y municipal informar a su despacho, a más tardar el 30 de marzo de 2007, las acciones adelantadas de cara a la entrada en vigencia de la Ley de Infancia
El Procurador General de la Nación, Edgardo Maya Villazón, solicitó a cada una de las autoridades del orden nacional, departamental distrital y municipal informar a su despacho, a más tardar el 30 de marzo de 2007, las acciones adelantadas de cara a la entrada en vigencia de la Ley de Infancia.El jefe del ministerio publico requirió a todas las entidades y autoridades con responsabilidades en la protección integral de los niños, niñas y adolescentes , para que procedan a elaborar los planes de acción necesarios para la implementación del Código de la Infancia y la Adolescencia.Según el procurador el panorama de la población infantil es dificil cuando se registran 100 mil nacimientos vivos, 99 muertes de madres , el fallecimiento de 20 mil niños y niñas antes de los cinco años por enfermedades prevenibles .Asi mismo reveló que cerca de tres millones de niños y niñas entre los 7 y 11 años de edad desertan de las escuelas, sólo 263 niños, niñas y adolescentes fueron entregados al ICBF en las desmovilizaciones de la AUC, es decir, menos del 1% del total de la población adulta desmovilizada, demás que dos millones de niños son trabajadores. La Procuraduría requirió a Planeación Nacional, al Ministerio de la Protección Social y al Ministerio de Educación, para que con la asesoría del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar ICBF, diseñen los lineamientos técnicos de los planes de desarrollo en materia de infancia y adolescencia, teniendo en cuenta el ciclo de vida, el enfoque de garantía y el restablecimiento de derechos de los niños. Por último, encargó a la Procuraduría Delegada para la Defensa de los Derechos de la Infancia, la Adolescencia y la Familia de realizar el seguimiento al cumplimiento de estas directrices y que de ser necesario activar la competencia disciplinaria correspondiente, si hubiere lugar.




