La Corte rechaza solicitud de nulidad de Asomedios contra la “milimetría” en la información política
La Corte Constitucional rechazó por “extemporánea” la solicitud de nulidad parcial que presentó Asomedios, contra la sentencia de la Ley de Garantías Electorales, para eliminar la “milimetría” sobre la información que publiquen los medios de comunicación en tiempos de campaña
La Corte Constitucional rechazó por “extemporánea” la solicitud de nulidad parcial que presentó Asomedios, contra la sentencia de la Ley de Garantías Electorales, para eliminar la “milimetría” sobre la información que publiquen los medios de comunicación en tiempos de campaña. La Corte precisó que en los casos en donde se pretende la nulidad de una sentencia, ésta sólo procede dentro del término de ejecutoria de la misma, esto es dentro de los tres días siguientes a su notificación. En el caso concreto, se constató que en la sentencia sobre la Ley de Garantía Electorales fue notificada mediante edicto el pasado 25 de noviembre que fue desfijada el día 29 del mismo mes, mientras que la solicitud de nulidad fue presentada el 16 de enero cuando se había vencido el plazo que se tenía para presentar dicha solicitud. Adicionalmente, la Corte advirtió que el ciudadano Juan Manuel Arboleda Perdomo, carecía de legitimación para pedir la nulidad, en la medida en que no intervino en el curso del proceso de revisión oficiosa de la Ley de Garantía Electorales. La Corte Constitucional reiteró que “ni la norma sobre equilibrio, ni la sentencia de la Corte permitía ninguna forma de censura” en contra de tratamiento informativo por parte de los medios de comunicación en épocas de campaña.




