El embarazo de una estudiante no puede ser considerado como causal de mala conducta
La Corte Constitucional fijó límites a los manuales de convivencia de los colegios y sentenció que el embarazo de una estudiante no puede ser considerado como una causal de mala conducta que motive el cambio de su jornada escolar
La Corte Constitucional fijó límites a los manuales de convivencia de los colegios y sentenció que el embarazo de una estudiante no puede ser considerado como una causal de mala conducta que motive el cambio de su jornada escolar. Los magistrados le concedieron una tutela a Aída Silena Cárdenas, alumna del Instituto Litoral Pacífico de Nuquí en el Chocó, cuyas directivas le manifestaron que debía seguir sus estudios en la jornada nocturna por estar en embarazo. Según el manual de convivencia del colegio, uno de los requisitos para ingresar y permanecer en la jornada diurna es que "todas las estudiantes sean señoritas, y no madres o mujeres en estado de embarazo". Para el magistrado de la Corte, Jaime Córdoba Triviño, ninguna institución educativa del país puede desconocer la orden constitucional que prohíbe cualquier tipo de discriminación contra las alumnas en estado de gestación. La Corte Constitucional precisa que las estudiantes embarazadas no podrán ser obligadas a portar un uniforme diferente o de otro color, tampoco se les podrá cambiar de jornada escolar, ni se les podrá aplicar cualquier otro trato discriminatorio.




