La Contralora Morelli y su batalla contra la corrupción de Magistrados y altos funcionarios del Estado. ¿Quién la quiere frenar?
Debate sobre gestión de la contralora Morelli.

La Contralora Morelli y su batalla contra la corrupción de Magistrados y altos funcionarios del Estado. ¿Quién la quiere frenar?
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Juan Gabriel Uribe, Juan Lozano, Ramiro Bejarano y Paloma Valencia. El conjuez del Consejo Superior de la Judicatura, Isnardo Gómez, dijo que la Contraloría solo puede investigar a aquellos funcionarios que ejerzan una gestión fiscal, en la que se tenga una disponibilidad jurídica del gasto o del presupuesto
En este sentido aclaró que en el caso de la contralora General, Sandra Morelli, esta puede realizar este tipo de investigaciones sin ningún problema u objeción, sin embargo no puede adelantar procesos contra aforados constitucionales como son el caso del presidente de la República, el fiscal General o los magistrados de las cortes (Suprema, Constitucional, Consejo de Estado y Judicatura)
Ante esto, se aclara que en el llamado proceso del carrusel de las pensiones de los magistrados, Sandra Morelli no podía ejercer ninguna función investigativa puesto que la Constitución Política de 1991 establece un fuero para los magistrados, quienes solamente pueden ser investigados por la Comisión de Acusación de la Cámara de Representantes
“El fallo no le ordena a la contralora que frenara las investigaciones y devolviera los expedientes de los ministros, gobernadores, alcaldes y demás investigados. Solamente le pidió que tomará una acción en el caso de los magistrados”, precisó el conjuez. En este sentido señaló que Morelli Rico les envió una carta con el fin de que se le aclararan los límites de la decisión, solicitud que tendrá respuesta el próximo jueves. La contralora Morelli pidió a los conjueces que aclaren este fallo que calificó de “extraño”, pues deja al organismo en un “limbo” y con una “estabilidad jurídica”. Según la contralora, la decisión de los conjueces del Consejo Superior de la Judicatura deja el concepto de responsabilidad fiscal “muy restringido”.




