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El próximo jueves será trasladado a Cali el exdiputado del Valle Sigifredo López

A través de un comunicado, la Fiscalía General de la Nación informó que el exdupitado del Valle, será trasladado a una guarnición militar o policial.

(Thot)

A través de un comunicado, la Fiscalía General de la Nación informó que el exdupitado del Valle, Sigifredo López, será trasladado a una guarnición militar o policial.

El texto asegura que la Fiscalía 38 Especializada de la Unidad Nacional de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario “por petición del abogado defensor del exdiputado Sigifredo López Tobón canceló la prueba de voz que se tenía previsto realizar con la Policía Científica española”.

“Como las manifestaciones escritas y verbales hechas tanto por el señor López Tobón como por su abogado en el ejercicio simultáneo del derecho a la defensa resultan contradictorias, la Fiscalía ha dado aplicación al mandato contenido en el artículo 127 del Código de Procedimiento Penal, que privilegia las peticiones de la defensa técnica”, agrega.

De igual forma dice que “en desarrollo de la normativa constitucional el artículo 338 de la Ley 600 de 2000 consagra que el funcionario judicial ordenará las pruebas necesarias para verificar las citas, comprobar las aseveraciones del imputado y las que requiera para la definición de la situación jurídica, por lo tanto se dispone remitir en forma inmediata a la Dijin todas las muestras de voz del señor Sigifredo López Tobón que obran en el proceso”.

“Las muestras son: entrevista concedida al medio de comunicación radial Caracol, la ampliación de indagatoria, las intervenciones del ex Diputado en la Asamblea para la época en que fue cometido el secuestro de los miembros de la Duma departamental y las fotografías tomadas al momento de la reseña cuando fue privado de la libertad. Ello con la finalidad de que la Policía Nacional tenga los elementos suficientes para complementar los dos dictámenes, que posteriormente serán puestos a disposición de los sujetos procesales para el ejercicio del derecho a la controversia probatoria, de conformidad a lo contemplado en el artículo 254 del Estatuto Procesal Penal”, puntualiza.
 

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