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Abogado de alcalde Dau pide a Duque no acatar orden de suspensión

El jurista Iván Acuña argumentó se podría incurrir en una afectación grave a los derechos políticos

El jurista Iván Acuña argumentó se podría incurrir en una afectación grave a los derechos políticos(Caracol Radio Cartagena)

El jurista Iván Acuña argumentó se podría incurrir en una afectación grave a los derechos políticos

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A través de una carta, Iván Acuña, abogado del alcalde de Cartagena, William Dau, nuevamente pidió al presidente de la República, Iván Duque, abstenerse de suspender al mandatario de su cargo tras la solicitud enviada por la Contraloría Distrital de la ciudad que lo investiga por presuntas irregularidades en un contrato para adquirir pruebas rápidas COVID-19.

De acuerdo con el jurista, se podría incurrir en una afectación grave a los derechos políticos y se desconocería de facto la Convención Americana de Derechos Humanos en cuanto a que las autoridades administrativas de los estados parte del sistema interamericano no pueden ejercer la función de suspensión de servidores públicos de elección popular.

“Así mismo y teniendo en cuenta los serios indicios de parcialidad de la Contraloría Distrital de Cartagena de Indias, en especial los antecedentes que se habían presentado con el funcionario Rafael Ignacio Castillo Fortich el día 31 de mayo de 2022 se elevó solicitud ante la Contraloría General de la Republica a fin que ejerciera la intervención funcional excepcional dentro del proceso de responsabilidad fiscal”, expresó Acuña en la misiva.

El abogado argumentó que todo esto da lugar automáticamente a la aplicación inmediata de una excepción de inconstitucionalidad a la Resolución 164 de 2022 expedida por la Contraloría Distrital de Cartagena por violación directa de la constitución.

“Además, no existen razones suficientes ni válidas para ordenar la suspensión del Dr. William Jorge Dau Chamat a su cargo como Alcalde de Cartagena de Indias ya que existen serios motivos para inferir una imparcialidad evidente de la Contraloría Distrital de Cartagena de Indias, tal como se le ha expresado al señor Contralor General de la Republica a quien, por demás, se le solicitó que con fundamento a lo establecido en los artículos 267 y 268 de la Constitución Política, modificados por los artículos 1 y 2 del Acto Legislativo 04 de 2019 y el decreto 403 de 2020 ejerza la intervención funcional”, aseveró.

El abogado de Dau concluyó que en ningún momento se evidenció o reviste actos de corrupción o detrimento a los recursos del erario, toda vez que las pruebas rápidas fueron utilizadas adecuadamente en el marco de la atención de la emergencia sanitaria por COVID-19 el año 2021.

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