Juez negó demanda por violación de Gobierno de Corporativo de EPM
El togado consideró que no hubo hubo ninguna irregularidad en el proceder de la compañía.

Hidroituango, Cortesía: EPM

El Juzgado 35 del Circuito de Medellín negó las pretensiones de la acción popular que había interpuesto el Sindicato de EPM SINPRO contra el Municipio de Medellín por una supuesta violación al código de comportamiento de la compañía.
Según los argumentos de SINPRO, el municipio habría incurrido en esa irregularidad al interponer una demanda contra los constructores de Hidroituango sin consultarlo previamente con la junta directiva, decisión que sumada a otras acciones llevó a que los miembros de ese órgano renunciaran.
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Para el sindicato esos hechos llevaron a “un aumento inusitado en el costo financiero de las obligaciones que EPM tiene con el sector financiero y que con esto pone en peligro la estabilidad financiera de la Compañía”, fue uno de los argumentos que se lee en la decisión.
Sin embargo, el juez consideró que no se argumentó con claridad dichas violaciones al código de buen gobierno, así como la vulneración o amenaza al derecho colectivo de la defensa al patrimonio público, y recalcó que la acción popular no es la idónea para este caso.
El Sindicato podrá apelar esta decisión ante el Tribunal Administrativo de Antioquia, mientras que el alcalde a través de su cuenta en Twitter anunció una nueva demanda contra los encargados de EPM antes de su administración.
“Demandaremos por pánico económico y deslealtad empresarial a junta directiva que se opuso a demandar a contratistas y que con sus acciones afectaron calificación de EPM”, señaló el funcionario.




