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Juez tumba suspensión del jefe de la división de Patrimonio de Cartagena

El Juez Primero Laboral del Circuito admitió una tutela presentada por Alfonso Cabrera, quien alegó presunta vulneración al debido proceso

El Juez Primero Laboral del Circuito admitió una tutela presentada por Alfonso Cabrera, quien alegó presunta vulneración al debido proceso(Alfonso Cabrera)

El Juez Primero Laboral del Circuito admitió una tutela presentada por Alfonso Cabrera, quien alegó presunta vulneración al debido proceso

Cartagena de Indias

El Juez Primero Laboral del Circuito de Cartagena, Juan Manuel Padilla, admitió una acción de tutela instaurada por el jefe de la división de Patrimonio del IPCC, Alfonso Cabrera y tumbó la suspensión de tres meses ordenada por la Procuraduría General de la Nación el pasado mes de noviembre.

Cabrera alegó en la tutela una presunta vulneración al debido proceso de la Procuraduría Provincial de Cartagena.

“Suspender los efectos jurídicos del Numeral 2 de la actuación de 25 de noviembre de 2021 proferida al interior expediente disciplinario distinguido con el Radicado No. IUS E-2021-362695/IUC-D-2021-1971974, por las razones expuestas”, manifiesta el juez en su decisión.

Cabe recordar que fue suspendido de su cargo tras una denuncia instaurada ante el Ministerio Público por la directora del IPCC, Saia Vergara, quien advirtió que Cabrera presuntamente había expedido conceptos previos favorables a obras e intervenciones que se realizan en Bienes de Interés Cultural, siendo esta función administrativa del Comité Técnico de Patrimonio Histórico y Cultural.

“Además, la decisión administrativa en cuestión resulta contraria a la lógica (Principio de Coherencia, Ferrajoli, 2013) pues bastaría con que el demandante se abstuviera de “emitir todo tipo de concepto” conforme a lo aprobado en la reunión de 10 de noviembre de 2021 del Comité Técnico de Patrimonio Histórico y Cultural, para evitar los eventuales daños que tal atribución y/o competencia causaría potencialmente a la sociedad y a la administración pública. Así las cosas, es desproporcionado suspender el vínculo laboral del funcionario público”, manifiesta el juez.

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