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En firme nulidad de elección de la Contralora de Rionegro, Antioquia

La sentencia deja en firme la decisión que había tomado el Tribunal Administrativo de Antioquia.

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Foto / Archivo Caracol Radio

Antioquia

La decisión en segunda instancia fue de la Sección Quinta del Consejo de Estado, que confirmó el fallo del Tribunal Administrativo de Antioquia. Las razones que argumentó la alta corte es que la señora contralora Sandra Landínez Cárdenas, celebró dos contratos públicos en la población de Rionegro en el oriente de Antioquia con la Empresa de Desarrollo Sostenible del Oriente (Edeso) firmado el 31 de enero del 2020 y que se extendía hasta el 30 de junio de ese año, también el 24 de agosto de 2020 suscribió un contrato con Municipios Asociados del Oriente de Antioquia (Masora) cuya vigencia comprendió hasta el 23 de diciembre de 2020.

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Estos contratos inhabilitaban a la Contralora porque fue elegida el 22 de enero del 2021 por el consejo municipal, lo que violaba la ley de inhabilidades debido a que no debió haber celebrado estos contratos doce meses antes de su elección. Por lo que se deja en firme la nulidad.

La sala consideró que los elementos de la inhabilidad atribuida a la demandada no fueron desvirtuados y, en consecuencia, se impuso la confirmación del fallo que anuló su elección. Pero recalcó que todo lo que hizo la funcionaria antes de la sentencia quedará como válida por actuó en calidad de contralora.

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