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El tanqueo en Cali será según el último número de la placa del vehículo

En horario de 8:00 a.m a 5:00 p.m

Imagen de referencia

Imagen de referencia / Colprensa

Cali

La alcaldía de Cali firmó este viernes 7 de mayo un decreto con el cual activa un paquete de medidas para el tanqueo de los vehículos. Esto debido a los desórdenes que se han generado y las largas filas en las estaciones de gasolina.

Se debe tener en cuenta que:

  1. La venta de combustible será exclusivamente bajo un sistema rotatorio según el último dígito de la placa del vehículo (rige para carros y motos) en horario de 8:00am a 5:00pm
  2. Para los vehículos particulares tipo automóvil se establecerá un valor máximo de venta de combustible por tanqueada de 40.000 pesos, para las motos será de 10.000 pesos y para transporte de carga hasta 200.000 pesos.
  3. Quedan exentos de las medidas los vehículos de transporte público, emergencias, servicios de salud, fuerza pública, organismos gubernamentales e internacionales.

Los vehículos cuyo último dígito sea par (0, 2, 4, 6, 8) podrán acceder a las estaciones de gasolina los días pares; mientras que los vehículos cuya placa termine en número impar (1, 3, 5, 7, 9) podrán tanquear los días impares. Los horarios que se han establecido para la venta de gasolina en la ciudad serán a partir de las 8:00 am hasta las 5:00p.m.

La medida será temporal mientras se restablece la normalidad y no afecta a los vehículos de servicio de transporte público individual y colectivo, organismos de emergencia y socorro, Cruz Roja, Defensa Civil, Bomberos, servicios de salud como ambulancias, vehículos de la fuerza pública como Policía y Ejército, Fiscalía, organismos de control, Ministerio Público, Migración, de la Gobernación, Alcaldía de Cali, Organizaciones No Gubernamentales defensoras de Derechos Humanos, Organizaciones Internacionales, vehículos de servicios públicos como aseo, luz y agua, así como a vehículos de vigilancia y seguridad privada, Señaló William Vallejo, Secretario de Movilidad de Cali.

La venta de combustible en pimpinas, barriles, canecas, pomas, tambores, recipientes o similares, queda prohibida.

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