Aumentaron las tarifas de taxis en Cartagena
Ahora la carrera mínima quedará en $7.400
Cartagena de Indias
Con la expedición del decreto 482 de abril 30 de 2021, la Alcaldía Mayor de Cartagena fijó las nuevas tarifas de los recorridos, para la anualidad 2021 del servicio público de transporte terrestre automotor individual de pasajeros, en vehículos tipo taxi, en el Distrito de Cartagena de Indias.
Ahora la carrera mínima costará $7.900
Recargo nocturno
Las tarifas fijadas en el presente acto administrativo tendrán un recargo nocturno por valor de $700, en el horario comprendido entre las 9:00 p.m. y las 5:00 a.m.
Tarjetas de control
Las empresas de servicio público de transporte terrestre automotor individual de pasajeros en vehículos tipo taxi, previa verificación de la afiliación del conductor al sistema de seguridad social y validadas las cotizaciones de éste, expedirá la tarjeta de control que, entre otros aspectos, contendrá las tarifas fijadas mediante el presente acto administrativo, tal como lo dispone el artículo 2.2.1.3.8.10 del Decreto 1079 de 2015.
Las empresas debidamente habilitadas deberán hacer entrega de la correspondiente tarjeta de control con las nuevas tarifas, dentro de un término no superior a los 10 días calendario, a partir de la entrada en vigencia del presente decreto.
Sanciones
El propietario, tenedor y/o poseedor o conductor del vehículo de servicio público terrestre Individual de transporte de pasajeros que no lleve el aviso de las tarifas oficiales en condiciones de fácil lectura para el pasajero; o si lo posee deteriorado o adulterado, será sancionado con multa equivalente a ocho (8) salarios mínimos legales diarios vigentes, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 literal b), numeral 15 de la Ley 1383 de 2010.
Para los efectos del presente artículo, se entienden cumplidas las condiciones de fácil lectura cuando las tarifas estén expuestas en un lugar de amplia visibilidad en el vehículo correspondiente.
El presente acto administrativo se encuentra publicado en la página web del DATT (www.transitocartagena.gov.co) y en el portal de la Alcaldía Mayor de Cartagena de Indias, para los efectos del artículo 8 de la Ley 1437 de 2011.