Movilidad

Multas tráfico

Reactivan términos para descuentos en multas de tránsito en Cartagena

El levantamiento de términos permitirá a los usuarios cancelar el 50% del valor, si lo realiza dentro de los cinco días después del comparendo

Reactivan términos para descuentos en multas de tránsito en Cartagena

Reactivan términos para descuentos en multas de tránsito en Cartagena(Alcaldía de Cartagena)

Cartagena de Indias

El Departamento Administrativo de Tránsito y Transporte, DATT, informó a sus usuarios, que los términos para el procedimiento de reducción de multas previstos en el artículo 136 de la Ley 769 de 2002, se entienden levantados con la vigencia del Decreto 1168 del 25 de agosto de 2020, que finaliza la fase de Aislamiento Preventivo Obligatorio.

El levantamiento de términos para la reducción de multas permitirá a los usuarios cancelar el 50% del valor, si lo realiza dentro de los cinco días siguientes a la imposición del comparendo, y el 75% de la multa, si se paga dentro de los 20 días siguientes, siempre y cuando asista a un curso sobre normas de tránsito en la entidad, a partir de las 00:00 horas del 1 de septiembre.

“El Sistema de Multas e Infracciones de Tránsito, SIMIT, nos comunica que los términos referidos a la reducción de la multa quedan reactivados de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto 1168 del 25 de agosto de 2020, que da paso a la medida de "Aislamiento Selectivo y Distanciamiento Individual Responsable", por lo que, desde el DATT retomaremos los procedimientos correspondientes que actualmente estaban suspendidos hasta el 31 de agosto de 2020”, apuntó la directora, Sindry Camargo.

Lea también: Controles durante reapertura en la Terminal de Transporte de Cartagena

Es importante recordar que todos los servicios prestados por los organismos de tránsito quedaron suspendidos bajo dos condiciones: el estado de emergencia económica, social y ecológica y el aislamiento preventivo obligatorio.

Aun cuando el Ministerio de Salud, mediante resolución 1462 de 2020, extendió la emergencia sanitaria por la COVID-19 hasta el próximo 30 de noviembre, el aislamiento preventivo obligatorio establecido en el decreto 531 de 2020 fue levantado con el propósito de que no coincidan las dos condiciones establecidas para la suspensión de términos en el pago de multas por comparendos.

El siguiente artículo se está cargando

Escucha la radioen directo

Caracol Radio
Directo

Tu contenido empezará después de la publicidad

Programación

Ciudades

Elige una ciudad

Compartir

Más acciones

Suscríbete

Tu contenido empezará después de la publicidad