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Hacienda de Cartagena desmiente irregularidades en proceso de publicidad

La Secretaría asegura que proceso de selección se ejecutó apegado a la norma y las disposiciones legales

Hacienda de Cartagena desmiente irregularidades en proceso de publicidad

Hacienda de Cartagena desmiente irregularidades en proceso de publicidad(Colprensa)

Cartagena de Indias

El Secretario de Hacienda de Cartagena, Dewin Iban Pérez Fuentes, ante comunicado emitido por la agencia de publicidad PGL Mercadeo y Eventos S.A.S. sobre proceso de selección de mínima cuantía MC-SHD-007-2020, precisa lo siguiente:

El 7 de julio de 2020, la Secretaria de Hacienda publicó en el portal de contratación SECOP II, invitación publica para adelantar el proceso de selección de mínima cuantía MC-SHD-007- 2020, cuyo objeto es la “prestación de servicios de difusión de mensajes institucionales intensivos en programas radiales dirigidos por periodistas independientes de la banda a.m. de la ciudad de Cartagena, para dar a conocer a la ciudadanía los plazos y condiciones para el cumplimiento de las obligaciones de los impuestos distritales”.

El cronograma establecido en la invitación publica, fijó como plazo para presentar ofertas el día 9 de julio de 2020 hasta las 4:00 P.M, y dentro del plazo fijado fueron radicadas dos ofertas presentadas por los proponentes Angie Dayhana Hincapie Alzate, y PGL Mercadeo y Eventos SAS.

De conformidad con lo establecido en el numeral 4 del artículo 2.2.1.2.1.5.2 del Decreto 1082 de 2015, el cual dispone que “La entidad estatal debe revisar las ofertas económicas y verificar que la de menor precio cumple con las condiciones de la invitación”. En virtud de lo anterior el comité evaluador de la entidad procedió a rendir el informe de verificación de requisitos habilitantes de carácter económico, jurídico y técnico del proponente 1, por haber presentado la oferta de menor precio.

El ganador sin embargo, debía subsanar elementos en los requisitos habilitantes de carácter técnicos exigidos en la invitación pública, por lo que la entidad le otorgó plazo para subsanar las inconsistencias detectadas, hasta el día 14 de julio del año en curso hasta las 6:00 P.M, plazo en el que la entidad recibió la subsanación.

Asegura que el proponente 2, tuvo la oportunidad de presentar observaciones al informe de evaluación dentro de los plazos otorgados en el cronograma del proceso y no lo hizo, teniendo la oportunidad de hacerlo.

El presente proceso de selección de mínima cuantía, por un valor de $80.000.000 establece en sus especificaciones técnicas la inclusión de 30 programas radiales, y 15 medios digitales, dando un total de 45 medios beneficiados durante un periodo de 2 meses.

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