Pico de Covid-19 en Tunja llegaría entre 7 y 20 de agosto: alcalde Fúneme
Tunja se prepara y su alcalde advierte que pedirá que se judicialice a los contagiados que no están cumpliendo la cuarentena.

Pico de Covid-19 en Tunja llegaría entre 7 y 20 de agosto: alcalde Fúneme / Colprensa (Colprensa)
Tunja (Colombia)
De acuerdo con el alcalde de Tunja, y médico, Alejandro Fúneme, los modelos epidemiológicos muestran en su radiografía que el pico de contagios por Covid-19 en la capital de Boyacá, se daría entre el 7 y el 20 de agosto, razón por la cual Tunja vivirá días de máximo cuidado para evitar contagios y ocupación de UCI por COVID-19.
De ahora en adelante, Tunja tendrá toques de queda extendidos y estrictos controles de seguridad, para evitar que se disparen los enfermos por Covid-19.
Estas son las cifras que presenta el COVID-19 en Tunja a la fecha:
Casos confirmados: 200
Casos probables: 953
Casos descartados por laboratorio: 4.620
Casos fallecidos: 6
Casos recuperados: 110
Y esta es la ocupación hospitalaria actual:
UCI INTENSIVO: Incluye pediátrica y neonatal.
Número de camas ocupadas: 62 de 64.
Pacientes otras causas: 54
UCI INTERMEDIO (incluye pediátrica y neonatal).
Número de camas ocupadas: 34 de 46
Pacientes otras causas:31
HOSPITALIZACIÓN GENERAL ADULTO Y PEDIÁTRICO:
Número de camas ocupadas: 235 de 339
Pacientes otras causas: 224
Características de los casos positivos:
●16,58%= SON TRABAJADORES DE SALUD
●37,8%= SON CASOS RELACIONADOS CON CASOS POSITIVOS
●1,5%= SON CONDUCTORES
●2,07= SON USUARIOS QUE VIAJARON A OTRAS CIUDADES
●8,8%= PERSONAS CON CRITERIOS DE RIESGO IDENTIFICADOS POR
BÚSQUEDA ACTIVA.
Teniendo en cuenta este panorama y los diálogos con diferentes sectores y
agremiaciones que ha sostenido la Administración, el mandatario aseguró que no habrá cierres parciales en la Capital sino Toque de Queda los fines de
semana.
ASÍ SERÁ EL TOQUE DE QUEDA EN TUNJA
a. Desde el día viernes, veinticuatro (24) de julio de 2020, a partir de las 7:00
p.m. y hasta las 5:00 a.m. del día lunes, veintisiete (27) de julio de 2020.
b. Desde el día viernes, treinta y uno (31) de julio de 2020 a partir de las 7:00
p.m. hasta las 5:00 a.m. del día lunes, tres (03) de agosto de 2020.
Se exceptúan de esta medida ÚNICAMENTE las siguientes actividades:
1. Actividades relacionadas con misión u operación de servicios de salud.
2. Distribución de medicamentos y productos farmacéuticos (droguerías y
centros naturistas).
3. Servicios de emergencias médicas, distribución personal y elementos de
bioseguridad se incluye el servicio en veterinarias.
4. Servicios funerarios siempre y cuando se cumplan las medidas de
distanciamiento y en general los protocolos de bioseguridad definidos por las
autoridades competentes.
5. Actividades de las Fuerzas Militares, Policía Nacional, Inpec y organismos de
socorro.
6. Servicio público técnico de mantenimiento correctivo para la prestación de
servicios públicos esenciales.
7. Servicios de distribución y comercialización de combustibles.
8. Servicios de vigilancia y seguridad privada en el ejercicio de sus funciones.
9. Atención en Comisarías de familia e inspecciones de policía de turno.
10. Abastecimiento en supermercados, placitas campesinas y demás
establecimientos de comercio para la adquisición de productos de la canasta
familiar y de primera necesidad.
11. Servicios puerta a puerta de domicilios.
12. Servicio en locales y establecimientos de gastronomía (restaurantes),
únicamente por medio de plataformas de comercio electrónico o por entrega
a domicilio.
13. El desplazamiento y comparecencia de funcionarios públicos que
garanticen la protección de derechos fundamentales, colectivos y actuaciones
administrativas, debidamente acreditados.
14. Asistencia y cuidado de niños, niñas y adolescentes, personas mayores de
70 años, personas con discapacidad y enfermos con tratamientos especiales
que requieren asistencia de personal capacitado y citas con especialistas.
15. El funcionamiento de los servicios postales, de mensajería, radio, televisión, prensa y distribución de los medios de comunicación.
Adicionalmente fueron modificados los horarios de atención para el
abastecimiento de elementos de primera necesidad y canasta familiar básica de la siguiente manera:
a. Para el día sábado, veinticinco (25) de julio de 2020, será el horario
comprendido desde las 6:00 a.m. a 3:00 p.m.
b. Para el día domingo, veintiséis (26) de julio de 2020, será el horario
comprendido desde las 6:00 a.m. a 3:00 p.m.
c. Para el día sábado, primero (01) de agosto de 2020, será el horario
comprendido desde las 6:00 a.m. a 3:00 p.m.
d. Para el día domingo, dos (02) de agosto de 2020, será el horario
comprendido desde las 6:00 a.m. a 3:00 p.m.
A través de este decreto, la administración municipal hace un llamado a los
administradores de propiedad horizontal y conjuntos residenciales
ubicados en la ciudad de Tunja para que, dentro del marco de sus
competencias y en aplicación de los artículos 18 y 61 de la Ley 675 de 2001,
adelanten las gestiones necesarias para su cabal cumplimiento en aras de restringir visitas, reuniones, celebraciones y cualquier acto que implique contacto con personas que no sean residentes en el respectivo conjunto de propiedad horizontal, salvo las excepciones contempladas en el mencionado decreto.
Con el fin de garantizar la seguridad de los Tunjanos la administración del
médico Alejandro Fúneme incrementará los controles y operativos de
seguridad tendientes a hacer cumplir las medidas y disposiciones del orden
Nacional, Departamental y Local.
De otro lado, Tunja lanzó la campaña #SoyResponsable para
instar a la ciudadanía a entender la corresponsabilidad que lleva sacar
adelante esta difícil situación “Yo Alejandro Fúneme soy responsable de mi
ciudad y de mi familia por eso debo acatar las disposiciones, usar el tapabocas
y aplicar el distanciamiento social” señaló el Alcalde Mayor de Tunja.



