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Sí lo podrán multar por no llevar puesto tapabocas en su vehículo

Según el decreto 169 2020 se debe utilizar en cualquier lugar, el tapabocas cubriendo boca y nariz.

(Getty Images)

El decreto 169 - 2020 que expidió la Alcaldía de Bogotá, indica que "el uso de tapabocas que cubra nariz y boca será obligatorio para todas las personas cuando estén fuera de su domicilio, independientemente de la actividad o labor que desempeñen. La no utilización dará lugar a la imposición de las sanciones establecidas en el Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana".

En ese sentido las personas que se desplacen en su carro particular sea solos o acompañados podrán recibir una multa de 936.320 pesos por no estar utilizando el tapabocas o llevarlo mal puesto.

Aunque el el decreto es claro en esta nueva restricción, por redes sociales las personas se han quejado, pues aseguran que el carro es un espacio cerrado y sin riesgos de contagio.

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