Ciencia y medio ambiente

Coronavirus Covid-19

Estos son los 7 cercos para limitar la propagación del COVID-19 en Montería

Esta medida impactará a alrededor de 13.000 personas y se mantendrá por 10 días aproximadamente.

Estos son los 7 cercos para limitar la propagación del COVID-19 en Montería

Estos son los 7 cercos para limitar la propagación del COVID-19 en Montería / Alcaldía de Montería (Cortesía)

La Alcaldía de Montería dio a conocer los sectores dónde se harán los cierres focalizados en lo que se ha denominado aislamiento inteligente obligatorio, los cuales se seleccionaron teniendo en cuenta el número de casos y de personas en aislamiento.

El decreto aún está en revisión por parte del Ministerio del Interior, dado que debe cumplirse el trámite de la verificación por parte de la autoridad nacional. Una vez se expida, se hará efectiva la medida de cierres focalizados anteriormente mencionados.

Lea también: Así serán los cercos en los barrios de Montería para limitar el coronavirus

Esta medida impactará a alrededor de 13.000 personas y se mantendrá por 10 días aproximadamente, con posibilidad de extenderse de acuerdo a los resultados.

Barrios Cantaclaro y La Pradera (4 cercos)

CERCO 1:

• Tramo 1: calle 29 con carrera 23, hasta calle 29 con carrera 24

• Tramo 2: Calle 29 con carrera 24 hasta calle 26 con carrera 24.

• Tramo 3: Calle 26 con carrera 24 hasta calle 26 con carrera 23.

• Tramo 4: Calle 26 con carrera 23 hasta Calle 29 con carrera 23.

• Valla adicional calle 22 con carrera 24.

CERCO 2

• Tramo 1: Calle 22 con carrera 26 hasta calle 26 con carrera con carrera 26.

• Tramo 2: Calle 26 con carrera 26 hasta calle 26 con carrera 27.

• Tramo 3: Calle 26 con carrera 27 hasta Calle 22 con carrera 27.

• Tramo 4: Calle 22 con carrera 27 hasta calle 22 con carrera 26.

CERCO 3:

• Tramo 1: Carrera 29 con calle 27 hasta carrera 31 con calle 27.

• Tramo 2: Calle 27 con carrera 31 hasta carrera 31 con calle 25.

• Tramo 3: Carrera 31 con calle 25 hasta carrera 29 con calle 25.

• Tramo 4: Calle 25 con carrera 29 hasta calle 27 con carrera 29.

CERCO 4:

• Tramo 1: Calle 24 con carrera 32 hasta calle 24 con carrera 35 a.

• Tramo 2: Calle 24 con carrera 35a hasta calle 21 con carrera 35a.

• Tramo 3: Calle 21 con carrera 35a hasta calle 20 con Carrera 32.

• Tramo 4: Calle 20 con carrera 32 hasta calle 24 con carrera 32.

Barrios La Granja, Santa Lucía y Santa Fe (dos cercos):

CERCO 5:

• Tramo 1: Calle 2 con carrera 2C, hasta calle 2 con carrera 1F.

• Tramo 2: Calle 2 con carrera 1F hasta calle 40 con carrera 1E.

• Tramo 3: Calle 4 con carrera 1E hasta calle 40 con carrera 2C.

• Tramo 4: Calle 4 con carrera 2C hasta Calle 2 con carrera 2C.

CERCO 6

• Tramo 1: Transversal 1Acon diagonal 22 y 23 hasta transversal 2 con diagonal 24A y Transversal 2 con diagonal 24A hasta Transversal 3 con carrera 3.

• Tramo 2: Transversal 3 con carrera 3 hasta transversal 3 con diagonal 23.

• Tramo 3: Transversal 3 con diagonal 23 hasta diagonal 23 con transversal 5.

• Tramo 4: Transversal 5 con diagonal 23 hasta transversal 5 con diagonal 22.

• Tramo 5: Transversal 5 con diagonal 22 hasta transversal 1A con diagonal 22.

La Castellana y Monteverde (un cerco):

CERCO 7

• Tramo 1: Calle 48 con Carrera 14C y 14D hasta calle 54 con Carrera 12.

• Tramo 2: Calle 54 con Carrera 12 hasta calle 54 con Carrera 14A.

¿CÓMO SE HARÁ EL CERCO?

• Delimitación con pasacalles y cerramientos con polisombra y vallas.

• Presencia de la fuerza pública y organismos de socorro.

• Médicos al barrio que ejecutarán el programa de atención temprana de la enfermedad y harán seguimiento a la evolución clínica de cada uno de los casos positivos en el cerco.

• Entrega de medicamentos según el diagnóstico y sintomatología de los pacientes.

• Seguimiento y búsqueda activa de casos a través de cercos epidemiológicos, tamizajes clínicos y pruebas rápidas para Covid19.

• Entrega gratuitas tapabocas

• Ayudas humanitarias en los sectores que aplique.

Algunas medidas que se toman en los cercos que se han delimitado

• Ley seca: prohibido el consumo y expendio de bebidas embriagantes.

• Toque de queda para restringir la circulación de personas, teniendo en cuenta algunas excepciones, entre ellas, quienes requieran atención médica de emergencia y quienes demuestren un vínculo laboral directo con una empresa pública y/o privada (que se encuentre dentro de las excepciones del gobierno nacional).

• Dentro de los límites del cerco no podrán entrar personas que no residan en la zona delimitada; tampoco se permitirá hacer deporte, ni actividades de manufactura ni construcción pública o privada. Se permitirá dentro del cerco el servicio a domicilio y comercialización, únicamente por domicilio, de productos de primera necesidad, entre ellos, los servicios farmacéuticos.

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