Economía

Servicios públicos

Superservicios abre indagación preliminar a dos empresas de Caldas

Son el resultado de quejas y reclamos sobre cobros en las facturas presentados por usuarios, autoridades y congresistas

Investigan cobros en los servicios públicos

Investigan cobros en los servicios públicos / Suministrada

Manizales

Aguas de Manizales y Aguas Manantiales de Pácora, hacen parte de las 19 empresas de energía, acueducto y alcantarillado del país en las que la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios empezó averiguaciones preliminares.

De acuerdo con la entidad el objetivo es establecer si se presentaron irregularidades en la medición de consumos y facturación de los servicios durante la cuarentena por COVID-19.

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Juan Martín Zuluaga Muñoz, Gerente de Aguas de Manizales indicó que el 16 de junio recibieron un requerimiento de la Superintendencia de Servicios Públicos, donde les indican de la apertura de la investigación pero que están tranquilos porque la empresa no suspendió la lectura de medidores durante la pandemia.

“Nosotros hemos continuado esta actividad de manera normal, tomando todas las medidas de precaución y bioseguridad cuidando nuestro personal. No tenemos quejas concentradas frente a lecturas de medidores promedio”, afirmó.

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Afirmó que las quejas están relacionadas con altos consumos y que ya han explicado cuál es la razón principal en el caso puntual de la empresa que él dirige y enfatizó que “nuevamente damos la tranquilidad de que Aguas de Manizales continuo y continúa leyendo los medidores de manera correcta y eso significa que las los cobros que hacemos a las familias corresponde a su consumo real”.

Natasha Avendano García, Superitendente, explicó que “Estas indagaciones preliminares se iniciaron como resultado de quejas y reclamos sobre cobros en las facturas presentados por usuarios, autoridades y congresistas, entre otros dirigentes”.

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Recaldó que la gestión de la entidad en esta etapa es determinar si hubo o no incumplimientos al régimen de los servicios públicos domiciliarios en relación con la obligación de facturar la prestación del servicio con base en la medición real del consumo y no por promedio.

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