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FLIP rechaza arresto de Alejandro Villanueva tras denuncia por exposición de sus datos personales

El periodista de Desigual recibió una sanción de dos días de arresto y una multa de cuatro salarios mínimos por incumplir una orden judicial sobre sus publicaciones.

La Fundación para la Libertad de Prensa (FLIP) rechazó las decisiones judiciales contra Alejandro Villanueva, director del medio digital Desigual, luego de que un juzgado de Bogotá le impusiera dos días de arresto y una multa de cuatro salarios mínimos legales mensuales vigentes por incumplir una orden relacionada con publicaciones periodísticas.

La organización advirtió que el caso va más allá de una sanción por desacato. Según su pronunciamiento, el Juzgado 85 de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple de Bogotá también permitió que la contraparte del periodista accediera a sus datos personales, pese a que una empresa había advertido que esa información era confidencial.

Para la FLIP, estas actuaciones ponen en riesgo la seguridad de Villanueva y pueden generar un efecto intimidatorio sobre otros periodistas que investigan asuntos de interés público. Por eso, exigió medidas urgentes para protegerlo y pidió que la sanción sea revisada por un juez superior.

¿Por qué comenzó el proceso contra el periodista?

El caso se originó en una acción de tutela presentada por José Gregorio Arias Rojas contra Villanueva por publicaciones difundidas en Desigual.

Los contenidos cuestionados estaban relacionados con una investigación periodística sobre Arias Rojas y presuntos vínculos con alias “El Faraón”. Las afirmaciones sobre esas relaciones corresponden a lo publicado por el medio y a lo señalado por el periodista; su alcance debe establecerse a partir de las pruebas y los documentos correspondientes.

Tras la presentación de la tutela, el Juzgado 85 ordenó retirar determinados contenidos y realizar rectificaciones en las redes sociales del periodista.

La FLIP cuestionó esas órdenes porque considera que no tuvieron suficientemente en cuenta la naturaleza periodística de las publicaciones y las garantías constitucionales de la libertad de expresión.

La controversia, por tanto, no se limita a determinar si se cumplió o no una orden judicial. También plantea interrogantes sobre cómo deben ponderarse los derechos involucrados cuando una decisión judicial afecta contenidos publicados en el marco de una investigación periodística.

La denuncia por la exposición de los datos personales

Uno de los aspectos más delicados del caso tiene que ver con la información personal del periodista.

Según la FLIP, Villanueva advirtió que no había sido notificado del fallo de tutela. Posteriormente, el juzgado solicitó a una empresa sus direcciones y datos de contacto para localizarlo.

La empresa respondió que esa información era confidencial y advirtió expresamente que debía garantizarse su reserva. Sin embargo, de acuerdo con la Fundación, el juzgado incorporó los datos al expediente y permitió que la contraparte tuviera acceso a ellos.

La FLIP sostiene que esta actuación resulta especialmente preocupante porque Villanueva es un periodista amenazado y la divulgación de información que permita ubicarlo podría aumentar los riesgos para su seguridad.

La organización también cuestionó que el despacho justificara el acceso a esos datos como un derecho de la contraparte. A su juicio, conocer la dirección o los datos de contacto personales de un periodista no es necesario para controvertir las publicaciones que realiza.

La preocupación es que un procedimiento judicial termine exponiendo información sensible y pueda facilitar la ubicación de una persona que, según la Fundación, enfrenta riesgos relacionados con su trabajo periodístico.

Por esta razón, la FLIP pidió medidas inmediatas para impedir que los datos personales de Villanueva sigan circulando y para proteger su integridad.

La controversia escaló cuando el juzgado declaró a Villanueva en desacato por no retirar las publicaciones ni realizar las rectificaciones en los términos ordenados.

Como consecuencia, le impuso dos días de arresto en las instalaciones de la SIJIN y una multa equivalente a cuatro salarios mínimos legales mensuales vigentes.

El desacato es una figura judicial que permite imponer sanciones ante el incumplimiento de determinadas órdenes, incluidas las impartidas en acciones de tutela, cuando se cumplen los requisitos legales.

En este caso, la sanción está relacionada con el incumplimiento de las órdenes de retirar contenidos y rectificar. La FLIP, sin embargo, cuestiona su proporcionalidad y considera que las medidas carecen de respaldo legal y constitucional.

La Fundación también advirtió que la sanción debe ser revisada por un juez superior. Por eso, es importante distinguir entre la decisión adoptada por el juzgado y el resultado de esa revisión: el pronunciamiento de la FLIP no establece por sí mismo cuál será la determinación definitiva de la autoridad judicial.

La FLIP advierte sobre un posible efecto de censura

Para la Fundación, la gravedad del caso radica en la combinación de las decisiones: por un lado, la exposición de los datos personales del periodista y, por otro, una sanción que afecta su libertad y su patrimonio.

La organización considera que estas actuaciones pueden tener un efecto intimidatorio sobre Villanueva y sobre otros comunicadores que investigan asuntos de interés público.

El cuestionamiento no significa que el ejercicio del periodismo exima a una persona de cumplir las decisiones judiciales o de responder por posibles afectaciones a los derechos de terceros. La discusión está en las garantías que deben respetarse durante esos procedimientos y en la necesidad de proteger la libertad de expresión sin poner en riesgo la seguridad de quienes ejercen labores informativas.

La FLIP sostiene que las autoridades deben garantizar el debido proceso y evitar que las actuaciones judiciales se conviertan en mecanismos de intimidación contra la prensa.

¿Qué exige la Fundación para la Libertad de Prensa?

La FLIP formuló dos exigencias centrales frente al caso:

  • Proteger la seguridad del periodista: adoptar medidas inmediatas para impedir que sus datos personales continúen circulando y reducir los riesgos derivados de su exposición.
  • Revisar la sanción judicial: someter la decisión que contempla dos días de arresto y una multa de cuatro salarios mínimos a una revisión rigurosa por parte del juez superior.

La Fundación insistió en que los procedimientos judiciales deben respetar los derechos fundamentales de todas las partes y las garantías constitucionales que protegen el ejercicio periodístico.

Alisson Torres Herrera

Alisson Torres Herrera

Comunicadora Social - Periodista Audiovisual egresada de la Universidad Externado de Colombia, con experiencia...

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