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El concejal de Villa de Leyva Juan David Bermúdez, habla de la pérdida de su investidura

El cabildante cuestionó el fallo de segunda instancia y explicó que la demanda fue presentada por su propio padre, quien representa un acueducto que presta el servicio de agua potable en varias veredas.

Juan David Bermúdez, concejal de Villa de Leyva, Boyacá / Foto: Suministrada.

Juan David Bermúdez, concejal de Villa de Leyva, Boyacá / Foto: Suministrada.

Juan David Bermúdez, concejal de Villa de Leyva, Boyacá / Foto: Suministrada.

Villa de Leyva

El concejal de Villa de Leyva, Juan David Bermúdez Vergara, confirmó que fue notificado de la decisión del Consejo de Estado que revocó el fallo de primera instancia del Tribunal Administrativo de Boyacá y decretó su pérdida de investidura.

La demanda se originó a finales de 2024 y fue presentada por su padre, Carlos Bermúdez, quien, según explicó el concejal, es representante legal de la Asociación de Suscriptores del Acueducto Mosocallo, entidad que presta el servicio de agua potable en diferentes sectores rurales del municipio.

“Le soy claro, la demanda la interpone directamente mi señor padre, don Carlos Bermúdez. Él argumenta que es representante legal o presidente de un acueducto, de una asociación de suscriptores que es el acueducto Mosocallo, que presta un servicio público que es el suministro de agua potable”.

De acuerdo con Bermúdez, el argumento de la demanda está relacionado con el régimen de inhabilidades e incompatibilidades para ejercer como concejal, debido a la función que desempeña su padre dentro de dicha asociación.

“Según el régimen de inhabilidades e incompatibilidades, se menciona que él, por ostentar ese cargo de representación legal o de gerente de esa asociación de suscriptores, me da una inhabilidad para yo poder estar dentro del Consejo Municipal”, afirmó.

El concejal recordó que en primera instancia el Tribunal Administrativo de Boyacá había negado la pérdida de investidura de manera unánime, al considerar que no estaban acreditados los elementos subjetivos necesarios para adoptar esa decisión.

Según explicó, en ese momento el Tribunal determinó que no existía intención de dolo o culpa de su parte.

El fallo de primera instancia del Tribunal Administrativo de Boyacá negó la pérdida de investidura unánimemente, donde argumentaba que los elementos subjetivos de la demanda no se cumplían y donde no había una intención de dolo ni de culpa por parte mía”.

Sin embargo, su padre apeló la decisión y el proceso pasó al Consejo de Estado, donde permaneció aproximadamente diez meses antes de que se conociera la decisión definitiva.

“Mi señor padre, don Carlos Bermúdez, en todo su derecho, acude a la apelación que conoce en segunda instancia del Consejo de Estado, donde cursó aproximadamente, si no estoy mal, 10 meses más este proceso”.

Finalmente, el concejal recibió la notificación de la sentencia de segunda instancia, mediante la cual el Consejo de Estado revocó la decisión del Tribunal Administrativo de Boyacá y encontró configurados los elementos para decretar la pérdida de investidura.

“Ya soy notificado el día de ayer en la sentencia, donde deroga la sentencia de primera instancia del Tribunal y sí encuentra los elementos, según los consejeros de Estado de la sala primera, se encuadran los elementos subjetivos y da la pérdida de investidura para mí”, dijo.

El concejal confirmó que adelantará una sentencia aclaratoria del fallo ante el Consejo de Estado.

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