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La Corte Constitucional ordenó protección de pueblo indígena desplazado por el conflicto armado

La sala de la Corte Constitucional protegió los derechos fundamentales de la comunidad indígena Jiw Zaragoza, tras 17 años de desplazamientos forzados que están acabando con su cultura

La Corte Constitucional ordenó protección de derechos fundamentales de la comunidad indígena Jiw Zaragoza, tras 17 años de desplazamiento forzado

La Corte Constitucional ordenó protección de derechos fundamentales de la comunidad indígena Jiw Zaragoza, tras 17 años de desplazamiento forzado

La Corte Constitucional ordenó protección de derechos fundamentales de la comunidad indígena Jiw Zaragoza, tras 17 años de desplazamiento forzado

Colombia

La Corte Constitucional aseguró que el aislamiento prolongado de la comunidad fuera de su territorio, constituye un riesgo y además ocasiona una forma de exterminio cultural, ya que las prácticas de desplazamiento forzado los mantienen alejados de su territorio ancestral y sus formas tradicionales de subsistencia.

El pueblo indígena Jiw Zaragoza del resguardo Naexal Lajt reconocido por sus prácticas de tradición seminómadas, se encuentran asentados en San José del Guaviare en condiciones de extrema precariedad, tras 17 años de desplazamiento forzado provenientes del conflicto armado, enfrentamientos interno y desastres naturales como inundaciones.

Roxemhberg Rozo Sánchez, agente de la comunidad indígena Jiw Zaragoza afirmó que la comunidad se encuentra en situación de extrema vulnerabilidad como consecuencia de cinco desplazamientos forzados, la ausencia de respuesta institucional que garantice sus derechos fundamentales y el retorno o reubicación en un territorio donde puedan desarrollar sus actividades colectivas.

Dentro de la cosmovisión del pueblo indígena la movilidad está enmarcada en su cultura, su identidad, economía, espiritualidad y sistema normativo propio. Por lo que el aislamiento indefinido en un espacio lejano de su territorio ancestral dificulta el acceso de recursos naturales indispensables para su subsistencia y prácticas colectivas.

En consecuencia, la Corte respaldó los derechos fundamentales del pueblo Jiw Zaragoza del resguardo Naexal Lajt, además de la educación con enfoque étnico propio, la identidad y la autonomía cultural, la seguridad personal y colectiva, la protección reforzada de los niños, niñas y adolescentes, y los derechos colectivos al territorio.

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Órdenes de protección inmediata para la comunidad indígena:

La Defensoría del Pueblo y la Procuraduría General de la Nación quedaron a cargo del seguimiento, acompañamiento y cumplimiento de las órdenes decretadas por la Corte Constitucional, con el propósito de rendir informes trimestrales:

  • Garantías en plazos de entre cinco y veinte días hábiles sobre el suministro de agua potable a la comunidad asentada en el Coliseo Azul, la atención humanitaria integral, el restablecimiento de derechos de los niños, niñas y adolescentes de la comunidad, el acceso a la educación con enfoque étnico propio y la evaluación de las condiciones de seguridad del asentamiento.
  • Además de la creación de una Mesa Técnica Interinstitucional para diseñar un plan de retorno voluntario o de reubicación territorial definitiva, asimismo la ampliación y saneamiento del resguardo, mediante un informe que permita conocer el estado del plan integral de salvaguarda étnica del pueblo Jiw Zaragoza establecido por la Agencia Nacional de Tierras.
  • Traducción de la sentencia a la lengua Jiw junto con el Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes, para elaborar un plan de comprensión y difusión de la decisión tomada.

La Corte compartió una copia de la sentencia a la Sala Especial de Seguimiento de la T-025 de 2004, para garantizar la coherencia del seguimiento estructural de las distintas autoridades.

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