¿Qué pasa si no declara renta cuando le corresponde? Estas son las sanciones económicas
A partir del 12 de agosto inicia la declaración de renta, si no paga en el tiempo que le corresponde, esto acarrea ciertos tipos de sanciones. Aquí le contamos cuáles son:

¿Qué pasa si no declara renta cuando le corresponde? Estas son las sanciones económicas

La DIAN ha confirmado que ya está próximo el momento de la declaración de renta, pues el calendario tributario de 2026 establece que los vencimientos irán del 12 de agosto al 26 de octubre. Estas fechas son determinadas de acuerdo con los dos últimos dígitos de la cédula de ciudadanía o del NIT según corresponda.
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Debe tener en cuenta que no todos los colombianos están obligados a presentar la declaración. Para ello, la DIAN ha habilitado una herramienta en su página web que permite a los ciudadanos consultar si tienen una declaración sugerida, así como podrán revisar parte de la información tributaria que está asociada a su documento de identidad.
¿Qué es la declaración de renta?:
La declaración de renta es un informe oficial sobre el dinero, los bienes y los gastos de una persona durante un año. En Colombia, se presenta ante la DIAN para que el Estado sepa si debe pagar impuestos.
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¿Cómo saber si tiene que declarar renta?
Para saber si debe declarar renta lo puede hacer consultando directamente desde el portal oficial de la entidad: https://webazure.dian.gov.co/consultarenta/
En esta página, deberá ingresar el número de cédula o NIT para conocer si existe una declaración sugerida disponible. No obstante, la DIAN ha recomendado que esta información sea validada por cada contribuyente, pues la responsabilidad sobre los datos reportados sigue siendo del ciudadano.
En esta página también podrá saber cómo hacer su declaración de renta y hay un botón disponible en la parte superior, donde podrá hacer la declaración directamente.
¿Qué pasa si no declara renta cuando le corresponde?
El Estatuto Tributario señala que todo aquel contribuyente que presente su declaración de renta fuera del plazo señalado se expone a una sanción de la DIAN. Por extemporaneidad, la entidad fiscal está facultada para imponer sanciones a quienes realicen este trámite después de la fecha que le corresponde.
Si al presentar su declaración no genera impuesto a cargo, el valor de la sanción será correspondiente al 0,5% de sus ingresos brutos durante el año gravable. En caso de que el contribuyente no haya registrado ingresos durante ese periodo, el cálculo se desarrollará sobre el 1% de su patrimonio líquido.
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Para aquellas personas que tengan que pagar impuesto a cargo, su sanción será equivalente al 5% del valor del tributo por cada mes o fracción del mes de retraso. Es importante que tenga presente la fecha en la que debe declarar renta para cumplir con su deber y evitar las sanciones respectiva.
Con la UVT vigente para 2026 ($52.374), esa sanción mínima equivale a $524.000. Esto significa que incluso cuando el cálculo porcentual arroje una cifra inferior, el contribuyente deberá asumir, como mínimo, ese valor.
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Marylin León
Comunicadora Social y Periodista egresada de la Universidad Santo Tomás. Hace parte de Caracol Radio...




