Consejo de Estado mantiene en firme elección de Héctor Carvajal en la Corte Constitucional
El estudio de la demanda surgió de la controversia por la votación en la que resultó electo en el Senado.

Héctor Carvajal. Foto: Colprensa - Catalina Olaya

La elección de Héctor Alfonso Carvajal Londoño como magistrado de la Corte Constitucional seguirá vigente. Así lo decidió la Sección Quinta del Consejo de Estado al negar la demanda que buscaba anular la designación realizada por el Senado de la República durante la plenaria del 20 de mayo de 2025.
La decisión quedó consignada en una sentencia del 11 de junio de 2026, en la que el alto tribunal concluyó que no encontró irregularidades capaces de afectar la validez del proceso mediante el cual Carvajal llegó al máximo tribunal de cierre en materia constitucional.
En otras palabras, para los magistrados no quedó demostrado que durante la elección se hubiera incumplido alguna regla que justificara dejar sin efectos la votación adelantada por el Senado. Después de revisar cada uno de los cuestionamientos planteados por los demandantes, la corporación concluyó que el trámite se desarrolló dentro de los parámetros previstos.
De hecho, la sentencia señala que “no se evidenciaron irregularidades que afectaran la validez de la elección realizada por el Senado de la República en la sesión plenaria del 20 de mayo de 2025”, razón por la cual fueron rechazadas las pretensiones de la demanda.
Uno de los aspectos que ocupó parte del análisis fue la forma en que se desarrolló la sesión legislativa en la que se escogió al magistrado. Sobre este punto existían reparos relacionados con el orden del día y con los asuntos que estaban siendo discutidos por los congresistas al momento de la votación.
Sin embargo, la Sala descartó esos cuestionamientos. Según explicó, la elección sí había sido incluida previamente dentro de los temas programados para la plenaria y no existía ningún impedimento para que el Senado procediera con la votación. A ello se suma que los congresistas autorizaron continuar la jornada bajo la modalidad de sesión permanente.
En ese sentido, el fallo indica que “la elección fue incluida en el orden del día, que los asuntos tratados durante la sesión no impedían adelantar la votación y que la plenaria autorizó continuar bajo la modalidad de sesión permanente”.
Por otra parte, el Consejo de Estado revisó la conformación de la terna presentada para llenar la vacante en la Corte Constitucional, asunto que también había sido cuestionado dentro del proceso judicial.
Tras estudiar ese punto, la corporación concluyó que la integración de la lista de candidatos respetó las exigencias aplicables. La providencia resalta que “la terna presentada para proveer la vacante cumplió con las reglas aplicables, pues estuvo integrada por dos mujeres y un hombre”.
A renglón seguido, los magistrados examinaron otros argumentos expuestos por los demandantes, entre ellos algunos relacionados con la edad de Héctor Carvajal, su trayectoria profesional y determinadas circunstancias que rodearon la votación en el Senado. No obstante, la Sala encontró que ninguno de esos elementos tenía incidencia sobre la legalidad del proceso electoral.
De ahí que el Consejo de Estado precisara que “no se probó que la edad del elegido, su trayectoria profesional o las circunstancias previas a la votación hubieran afectado la legalidad de la elección”.
Con esta determinación queda cerrada la controversia que buscaba tumbar la elección de Héctor Alfonso Carvajal Londoño y, en consecuencia, se mantiene en firme su condición de magistrado de la Corte Constitucional.

Juan Esteban Quintero
" Comunicador social y periodista con especialización en narrativas digitales, ambos títulos de la Universidad...




