Ecuador responde a la Comunidad Andina y mantiene aranceles sobre Colombia
El gobierno de Daniel Noboa plantea a la CAN reconsiderar las ordenes emitidas sobre las tensiones comerciales con Colombia.

Gustavo Petro y Daniel Noboa. Fotos: Getty Images.

Horas antes de que se cumpla el plazo de la Comunidad Andina (CAN) para que Ecuador y Colombia eliminen los aranceles impuestos durante la guerra comercial iniciada por Quito, el gobierno de Daniel Noboa contestó al organismo pidiendo reconsiderar la orden.
La respuesta de Ecuador se centra en:
- Dos recursos de Reconsideración ante la Secretaría General de la CAN.
- Dos acciones de Nulidad ante el Tribunal de Justicia del organismo.
¿Se caen los aranceles?
No. Del lado ecuatoriano se mantendrán los aranceles sobre los productos colombianos. Actualmente este arancel es del 100%, sin embargo, el gobierno Noboa ratificó que bajarán al 75% a partir del 1 de junio.
Este arancel se sustenta, según Ecuador, en una “tasa de seguridad” con la que Daniel Noboa señala a Colombia de no colaborar lo suficiente para atender la situación de minería ilegal y narcotráfico en la región de frontera conjunta.
La presión arancelaria ecuatoriana inició con impuestos del 30% el 1 de febrero, Colombia respondió con un arancel recíproco el 24 de febrero.
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El 1 de mayo, Ecuador anunció el aumento al 100% en los aranceles a lo que Colombia respondió con impuestos del 35% hasta el 75% a 191 productos ecuatorianos, desde finales de abril.
Las acciones de Ecuador
Entre los movimientos de Ecuador se cuenta un recurso de reconsideración y una acción de nulidad sobre la Resolución 2582 en la que la CAN ordena al gobierno de Daniel Noboa levantar la “tasa de seguridad” sobre Colombia.
En esta resolución (del 7 de mayo de 2026), la Secretaría General de la CAN advierte que el gravamen de Ecuador “vulnera el Programa de Liberación de la Comunidad Andina consagrado en el Acuerdo de Cartagena”.
Las otras dos acciones, el segundo Recurso de Reconsideración y la Segunda Acción de nulidad, recae sobre la resolución 2581 del CAN (emitida también el 7 de mayo) en la que se ordena a Ecuador retirar las restricciones de movilidad por el Puente Internacional de Rumichaca.
En los recursos de reconsideración, Ecuador pide “modificar, revocar, aclarar o reconsiderar” las resoluciones de la CAN y en las acciones de nulidad se pide considerar que estas resoluciones violarían el ordenamiento jurídico del CAN.
Según Ecuador, las acciones de nulidad también se basa en que no se cumplieron los plazos y tiempos procesales establecidos.
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Los tiempos en el proceso
Para el levantamiento de las dos medidas, la CAN estableció un plazo de 10 días hábiles a Ecuador. El plazo comenzó a contar el 8 de mayo y concluye este 21 de mayo.
Ante la respuesta de Ecuador, la Secretaría General de la CAN tendrá hasta 45 días hábiles para pronunciarse sobre los recursos de reconsideración. En contraste, el Tribunal de Justicia de la CAN podría tardar incluso más de dos años para dar respuesta a las acciones de nulidad.
A pesar de que el siguiente paso en el proceso está en manos del CAN, esto no suspende los efectos de las resoluciones del organismo.
Eddy Mosquera
Periodista Internacional de Caracol Radio desde 2018. Cubre temas internacionales, tecnológicos y relacionados...




