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Fondos privados tendrán que indemnizar a pensionados por mala asesoría de traslado: Corte Suprema

El alto tribunal resolvió un recurso de casación a favor de pensionados que pudieron haber obtenido una mesada más alta en Colpensiones.

Fondos privados tendrán que indemnizar a pensionados por mala asesoría de traslado: Corte Suprema. Getty Images

Fondos privados tendrán que indemnizar a pensionados por mala asesoría de traslado: Corte Suprema. Getty Images

Fondos privados tendrán que indemnizar a pensionados por mala asesoría de traslado: Corte Suprema. Getty Images

En una determinación que sienta un precedente clave para el sistema pensional colombiano, la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia estableció la responsabilidad de los fondos privados (AFP) de indemnizar a los usuarios cuando estos son mal asesorados.

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La falta, que se identificó mediante el pronunciamiento de la Sala ante cinco recursos de casación, sucede cuando un asesoramiento defectuoso hace que los usuarios reciban mesadas más bajas de lo que podrían haber recibido en Colpensiones.

¿Cuándo se puede pedir indemnización por mala asesoría?

De acuerdo con la Sala de Casación, se entiende que las AFP vulneran los intereses de sus afiliados cuando se comprueban los siguientes escenarios:

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Daño reparable

Cuando se afecta el derecho del afiliado a “tomar decisiones informadas en relación con su participación en cualquiera de los regímenes pensionales del Sistema”.

Según la corte, la falta ocurre cuando se realiza el traslado, continúa durante la afiliación y se puede resolver y compensar cuando se aprueba la pensión en el Régimen de Ahorro Individual (RAIS) y se añade a la nómina.

Conducta culposa de la AFP

Las AFP “no suministraron información suficiente, veraz, clara, comprensible y oportuna”.

Dicha falta de información impide al afiliado entender las consecuencias, beneficios y riesgos de tomar una decisión clave como el traslado pensional.

Nexo causal

Se entiende como la relación entre el daño producido al pensionado y la culpa que se le atribuye al fondo privado, lo cual deviene en que “al no ser advertido de los riesgos, el trabajador perdió la oportunidad de elegir un mejor régimen y terminó con una pensión menor”.

¿Cómo se calcula la indemnización por mala asesoría?

La Corte Suprema estableció que la indemnización debe ser un único pago, calculado con base en una fórmula establecida por la corporación.

Como no se pudo pagar la indemnización considerando el lucro cesante, porque no había claridad sobre la cantidad de la pensión en el momento del traslado, el tribunal utilizó el concepto de pérdida de oportunidad que tuvo el afiliado para mejorar su situación.

En ese sentido, la corte adoptó tres pilares para el cálculo:

  • Probabilidad pensional (PP): Cercanía del afiliado a cumplir los requisitos para pensionarse.
  • Brecha pensional: Diferencia económica entre lo que recibe en el RAIS y lo que habría obtenido en el régimen público.
  • Expectativa de vida: Calculada de acuerdo con las tablas de mortalidad vigentes.

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