Este es el contrato que sacó a Mikhail Krasnov de la alcaldía de Tunja
Un año después de la sentencia de primera instancia el Consejo de Estado confirmó la decisión

Con esta decisión, el alto tribunal dejó sin efecto su mandato para el periodo 2024-2027.

Tunja
El Consejo de Estado confirmó la nulidad de la elección del alcalde de Tunja, Mikhail Krasnov luego de la decisión en primera instancia tomada el 27 de febrero de 2025 por el Tribunal Administrativo de Boyacá al fallar una demanda presentada por el Grupo de Asesorías y Representación Jurídico SAS, Grup Colombia SAS, representado por el abogado Marco Antonio Palma.
En la demanda, el abogado sostuvo que, “el partido político La Fuerza de la Paz vulneró el número 3 del artículo 95 de la Ley 136 de 1994, modificado por el artículo 37 de la Ley 617 de 2000, por cuanto el señor Mikhail Krasnov suscribió el 6 de diciembre de 2022 3 15001-23-33-000-2023-00457-00 el contrato No. 2302 de prestación de servicios profesionales con la Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia, sede central Tunja”, que tenía por objeto “Servicio Profesionales de un Magister en Economía para la Capacitación en Revisión de Documentos y Redacción de los Artículos Científicos en Inglés y Alemán dirigidos a Estudiantes del semillero del Grupo de Investigación y Extensión SOECOL, Grupo de Investigación Adscritos al Centro de Investigación y Extensión CENES de la Facultad de Ciencias Económicas y Administrativas en Tunja” hecho que lo inhabilitaba para inscribirse y ser elegido alcalde del municipio de Tunja para el periodo 2024 – 2027.


El objeto del contrato era el de capacitador para la revisión en documentos de redacción de artículos científicos y el contrato se ejecutó y se cumplió en el municipio de Tunja.
En el expediente se da cuenta de la respuesta a un derecho de petición por parte de la Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia donde confirma que, “el señor Mikhail Krasnov, dentro del contrato de prestación de servicios profesionales No. 2302 suscrito el 6 de diciembre de 2022, no estuvo vinculado como docente catedrático externo de la institución debido a que lo cumplió mediante la capacitación, revisión de documentos y redacción de artículos científicos y que dicho contrato se ejecutó en la sede Tunja de la Universidad”.
Teniendo en cuenta que se probaron las irregularidades advertidas por los demandantes, el Consejo de Estado confirmó la sentencia del Tribunal Administrativo de Boyacá que declaró la nulidad del acto de elección del señor Mikhail Krasnov como alcalde del municipio de Tunja, contenido en el formulario E – 26 ALC de 3 de noviembre de 2024 y ordenó la cancelación de la credencial, formulario E – 27 por medio de la cual, se dio razón de que el demandado fue elegido alcalde del municipio de Tunja para el periodo constitucional 2024 – 2027.
Narda Guarín
Periodista, Licenciada en Ciencias Sociales y Económicas, Abogada y especialista en Derecho Constitucional...




