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¿Cuántas horas se deben trabajar en Colombia? Jornada laboral legal explicada

La ley estableció un periodo de transición para que las empresas ajusten sus procesos productivos sin afectar la economía.

Reducción de la jornada laboral 2025, ¿Cuándo Será?

Reducción de la jornada laboral 2025, ¿Cuándo Será?

El panorama laboral en Colombia atraviesa una transformación significativa impulsada por la Ley 2101 de 2021, la cual busca modernizar las condiciones de trabajo en el país.

Esta tiene como propósito principal la reducción progresiva de la carga horaria semanal, pasando de las históricas 48 horas a un máximo de 42 horas, con el fin de armonizar la vida personal y profesional de los ciudadanos.

A diferencia de otros cambios legislativos de aplicación inmediata, esta ley estableció un periodo de transición para que las empresas ajusten sus procesos productivos sin afectar la economía. La implementación comenzó formalmente dos años después de la expedición de la ley y sigue este calendario:

  • Julio de 2023: La jornada bajó de 48 a 47 horas semanales.
  • Julio de 2024: Se redujo a 46 horas semanales.
  • Julio de 2025: La jornada disminuirá dos horas adicionales, situándose en 44 horas.
  • Julio de 2026: Se alcanzará la meta final de 42 horas semanales.

Es importante destacar que cualquier empleador tiene la facultad de acogerse a la jornada de 42 horas de manera anticipada si así lo decide.

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Una de las mayores preocupaciones de los trabajadores es el impacto en sus ingresos. La ley es clara al respecto: la disminución de las horas trabajadas no puede traducirse en una reducción del salario, ni de las prestaciones sociales, ni del valor de la hora ordinaria de trabajo. Los derechos adquiridos de los empleados permanecen intactos durante y después de la transición.

En cuanto a la distribución del tiempo, el empleador y el trabajador pueden acordar repartir las 42 horas en 5 o 6 días a la semana, garantizando siempre un día de descanso obligatorio. Además, se permite el uso de jornadas diarias flexibles, donde el empleado trabaje un mínimo de cuatro horas y un máximo de nueve, sin que esto genere recargos por trabajo suplementario, siempre que el promedio semanal no exceda el límite legal.

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Reglas para menores y turnos especiales

La normativa también contempla disposiciones específicas para grupos y sectores particulares:

  • Adolescentes entre 15 y 17 años: Solo pueden laborar en jornada diurna, máximo 6 horas diarias y 30 semanales.
  • Mayores de 17 años: Su límite es de 8 horas diarias y 40 semanales.
  • Turnos sucesivos: Las empresas que operan 24/7 pueden organizar turnos de 6 horas diarias y 36 semanales sin recargos nocturnos o dominicales bajo condiciones específicas.

La implementación total de esta ley conlleva la exoneración de ciertas obligaciones previas del empleador. Una vez se completen los cuatro años de reducción gradual, las empresas ya no estarán obligadas a otorgar la jornada semestral para la familia (Ley 1857 de 2017) ni el tiempo dedicado a actividades recreativas, culturales o de capacitación (Ley 50 de 1990). Mientras la reducción sea parcial, estos beneficios se ajustarán de forma proporcional según el acuerdo entre las partes.

Este cambio legislativo no solo busca el bienestar del trabajador, sino que también insta al Gobierno Nacional a realizar mesas técnicas con gremios y sindicatos para fortalecer la productividad laboral y mitigar posibles impactos negativos en el tejido empresarial del país.

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