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Dian ha recaudado $237 mil millones de beneficios tributarios otorgados en emergencia económica

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales afirmó que el beneficio para los morosos consiste en la reducción de la tasa de interés al 4,5 % efectivo anual (antes del 22,36 %) y la disminución de las sanciones y actualización de sanciones al 15 %.

DIAN. (Foto Sebastian Barros/NurPhoto via Getty Images) / NurPhoto

DIAN. (Foto Sebastian Barros/NurPhoto via Getty Images)

La Dian reveló que durante este año han recaudado 237 mil millones de pesos “gracias a los beneficios tributarios del decreto de emergencia económica”.

Y es que en ese decreto, en el que también imponen impuestos a los juegos de suerte y azar operados a través de Internet, a los licores, cigarrillos, al patrimonio, entre otros, contempla beneficios para los morosos relacionados con la reducción de la tasa de interés al 4,5 % efectivo anual (antes del 22,36 %) y la disminución de las sanciones y actualización de sanciones al 15 %, sin que el valor a pagar sea inferior a la sanción mínima del año en que se liquidó (10 UVT).

“Esto representa un ahorro del 85 %”, señaló la Dian en un comunicado.

La entidad señaló que, para lograr ese resultado, se comunicó con 459 mil contribuyentes a través de correo electrónico, mensajes de texto y llamadas telefónicas asistidas por inteligencia artificial.

¿Cómo acogerse al beneficio?

La DIAN señaló que los colombianos interesados en acogerse a estos beneficios transitorios pueden acercarse a cualquiera de nuestros 56 puntos de contacto en todo el país. Consulte horarios y ubicaciones aquí:

https://www.dian.gov.co/atencionciudadano/contactenos/Paginas/puntosdecontacto. aspx.

Los contribuyentes que deseen acceder a estas facilidades deben cancelar el 100 % de su obligación tributaria, aduanera o cambiaria a más tardar el 31 de marzo de 2026.

“Adicionalmente, los contribuyentes tienen plazo hasta el 30 de abril de 2026 para reducir sanciones e intereses moratorios por omisión o corrección de declaraciones tributarias, aduaneras y cambiarias; solicitar conciliaciones judiciales con la entidad; igualmente podrán normalizar su situación fiscal a través del Impuesto de Normalización Tributaria en caso de que hayan omitido activos o incluido pasivos inexistentes en sus declaraciones tributarias”, remató la Dian.

Luisa María Mercado

Luisa María Mercado

Periodista egresada de la Universidad de La Sabana, magíster en asuntos Políticos e Internacionales...

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