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Tribunal ordena a Petro convocar reunión para adoptar plan que restablezca orden público en Bolívar

El Presidente de la República deberá convocar el encuentro interinstitucional dentro de un término máximo de 10 días

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La Fundación para el Estado de Derecho radicó una acción popular en el departamento de Bolívar que documenta la grave alteración del orden público producto de la expansión de grupos armados ilegales como el Clan del Golfo, el ELN, el Estado Mayor Central y la Segunda Marquetalia.

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Este problema se corrobora con las alertas tempranas emitidas por la Defensoría del Pueblo y los informes de la Oficina de la ONU para Asuntos Humanitarios, los comunicados del gobernador de Bolívar, entre otros, que alertan sobre el riesgo extremo y progresivo para la población, los desplazamientos masivos y las disputas territoriales de los grupos armados. Los hechos recientes confirman que la situación es sumamente grave.

El 10 de octubre de 2025 la Defensoría del Pueblo emitió una alerta de crisis humanitaria en el Sur de Bolívar, que detalla que más de 15.240 personas se han visto afectadas en Santa Rosa del Sur, 5.409 en Montecristo, 3.090 en Arenal del Sur, 249 en Cantagallo, 160 Morales y 76 en Río Viejo. Esta alerta corrobora la persistencia de la violencia y el control territorial de los grupos ilegales sobre la población civil.

Ante esta situación, el Tribunal Administrativo de Bolívar admitió la acción popular presentada por la Fundación y decretó una medida cautelar de urgencia que ordena al presidente de la República convocar, en un término máximo de diez días, una reunión interinstitucional para definir y adoptar un Plan Inmediato de Acción Interinstitucional para atender la crisis humanitaria y de orden público en la región.

Para ello vinculó al Ministerio de Defensa, el Ministerio del Interior, el Ministerio de Agricultura, la Gobernación de Bolívar, catorce alcaldías del sur del departamento, la Procuraduría General de la Nación, la Defensoría del Pueblo, la Fiscalía General de la Nación, la Unidad para la Atención y Reparación Integral de las Víctimas, el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República (DAPRE) y la Oficina del Consejero Comisionado de Paz, al determinar que estas entidades comparten responsabilidades en la garantía del orden y en la atención de las comunidades afectadas.

La medida cautelar también dispuso la creación de un mecanismo de monitoreo y seguimiento al cumplimiento de las acciones cautelares, que será coordinado por la Defensoría del Pueblo, que rendirá informes trimestrales al Tribunal mientras esté vigente la medida. Así mismo, ordenó al presidente entregar el primer informe en un plazo máximo de quince días después de la reunión interinstitucional.

Andrés Caro, director de la Fundación, aseguró que “esta decisión representa un avance determinante para proteger a las comunidades del departamento de Bolívar, que enfrentan una crisis humanitaria derivada de la ausencia de respuesta estatal eficaz” y agregó que “la decisión cautelar obliga al Estado a actuar de manera inmediata, articulada y transparente en un territorio donde la violencia ha puesto en riesgo la vida, la movilidad, la autonomía comunitaria y el ejercicio de derechos básicos”.

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