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¿Cuántas horas máximo puede trabajar un vigilante? Reforma Laboral y Ley 1920 explicadas

La ley en Colombia establece las condiciones en las que debe trabajar el personal de seguridad y vigilancia. Conozca cómo es su jornada laboral.

Estas son las horas que máximo debe trabajar un vigilante, según la Ley Foto: Getty Images

Estas son las horas que máximo debe trabajar un vigilante, según la Ley Foto: Getty Images

La reforma laboral continúa en revisión por parte de la Corte Constitucional ante las fallas que hubo tras la aprobación de la Cámara de Representantes. Esta norma busca generar diferentes cambios en la forma en la que los trabajadores llevan a cabo sus funciones en las empresas, incluyendo sus horarios.

En este caso, el texto de esta norma contempla la ampliación de las horas nocturnas, las cuales se empezarán a pagar desde las 7:00 de la noche en caso de que un empleado se desempeñe a partir de esa hora. Asimismo, el pago de los recargos dominicales y festivos se irá incrementando hasta llegar al 100% para el año 2027.

Estos beneficios aplicarán directamente a todos los trabajadores que se encuentran vinculados bajo un contrato formal. Sin embargo, la reforma laboral no contempla directamente un cambio en las horas de trabajo, algo que también se verá reflejado en quienes se desempeñan en actividades de seguridad y de vigilancia.

¿Cómo funcionan los horarios de trabajo para los vigilantes?

La Ley 1920 de 2018 establece las disposiciones en las que los trabajadores del sector de la vigilancia y seguridad privada deben cumplir con su trabajo. El artículo 7 de esta norma habla sobre los horarios en los que se deben desempeñar durante la semana.

“Los trabajadores del sector de vigilancia y seguridad privada podrán, previo acuerdo con el empleador, el cual deberá constar por escrito y con la firma de las dos partes, laborar máximo en jornadas laborales diarias de doce (12) horas, sin que esto implique que se exceda la jornada máxima semanal de 60 horas”, reza.

En ese orden de ideas, los vigilantes trabajan en un lapso de doce horas durante el día, incluyendo cuatro adicionales. Estas se distribuyen en turnos que pueden programarse durante el día, la noche, fines de semana o incluso los festivos, teniendo en cuenta que la naturaleza de su labor consiste en mantener el orden y resguardar los bienes que hacen parte de la infraestructura de cualquier organización.

Ahora bien, la Ley 1920 de 2018 establece que los vigilantes deberá laborar como mínimo unas 60 horas durante la semana. No obstante, ellos también tienen derecho a gozar de un día de descanso, tal como le corresponde a muchos trabajadores en Colombia.

¿A los vigilantes también les aplica la reducción laboral?

La reducción laboral se empezó a implementar en Colombia tras la sanción de la Ley 2101 de 2021, la cual señala que los trabajadores deberán desempeñarse en una jornada máxima de 42 horas para el año 2026. Además, la primera disminución tuvo lugar el 15 de julio de 2022, con un total de 47 horas durante la semana.

Si bien esta norma también cobija a quienes se desempeñan en los servicios de vigilancia y seguridad privada, ellos no pueden contar directamente con la reducción laboral debido a la naturaleza de sus funciones. Además, las jornadas de trabajo deben acordarse con su empleador.

Según cifras del Ministerio del Trabajo, hasta noviembre de 2023 unas 400.000 personas se desempeñan en actividades de vigilancia y seguridad privada en Colombia.

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