Bucaramanga

Fallo judicial tumba cobro adicional en impuestos de vehículos, registros y estampillas en Santander

El Tribunal Administrativo de Santander declaró nulo lo que sustentaba el cobro adicional a los contribuyentes, al considerar que se trata de un valor adicional sin respaldo legal.

Danovis Lozano, diputado de Santander

Danovis Lozano, diputado de Santander

06:29

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Pago de impuestos - imagen de referencia // Foto: Getty Images

Bucaramanga

El Consejo de Estado, en reciente fallo del 6 de noviembre de 2025, confirmó la nulidad del artículo 60 de la ordenanza departamental 012 de 2005 y del decreto 0005 de 2006, normas mediante las cuales la Gobernación de Santander creó y aplicó cobros adicionales por concepto de “derechos del servicio de sistematización, automatización de procesos y procedimientos administrativos” en los impuestos de vehículos, registro y estampillas.

La sección cuarta del alto tribunal, con ponencia del magistrado Luis Antonio Rodríguez Montaño, ratificó la decisión del Tribunal Administrativo de Santander que en agosto de 2024 había declarado ilegal la medida al considerar que se trataba de un tributo sin respaldo legal, lo que vulneraba el principio de legalidad previsto en la Constitución.

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El diputado Danovis Lozano, explicó que, a partir de la reciente decisión judicial, la Gobernación de Santander no podrá seguir cobrando a los contribuyentes el valor correspondiente a la “ordenanza 012”, una tarifa adicional de sistematización que se aplicaba al momento de pagar impuestos departamentales o estampillas.

“Cuando un ciudadano pagaba su impuesto vehicular o cualquier tributo departamental, le cobraban un valor extra del 8 al 10 por ciento por concepto de sistematización. El Consejo de Estado determinó que eso no se puede seguir cobrando, y que ese gasto debe asumirlo directamente la gobernación”, explicó Lozano.

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Según el fallo, la Asamblea Departamental y la Gobernación de Santander “excedieron sus competencias” al autorizar y fijar el cobro, ya que la Constitución solo permite a las entidades territoriales definir tarifas de tributos creados previamente por ley, no crear nuevos gravámenes bajo otra denominación.

Danovis Lozano aclaró que este alivio económico no será retroactivo. Es decir, los pagos realizados en años anteriores no serán devueltos, pero desde ahora el cobro quedará suspendido. “Es un ahorro mínimo, pero importante para el bolsillo de los santandereanos, que ya viene golpeado por la situación económica actual”, agregó.

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El proceso fue promovido por los ciudadanos Nicanor Moya Carrillo y Antonio Eresmid Sanguino Páez, quienes argumentaron que los cobros violaban la Constitución al carecer de autorización legal.

Por su parte, la Gobernación de Santander emitió un comunicado asegurando que todos los servicios de recaudo, atención al contribuyente y soporte tecnológico “funcionan con absoluta normalidad” y que la decisión del Consejo de Estado “no se encuentra ejecutoriada”, por lo que el contrato vigente continúa operando “de forma plena y legal”.

Finalmente, el diputado Lozano consideró que la gobernación solo busca “ganar tiempo” con la solicitud de aclaración de la sentencia, similar a lo ocurrido en otros procesos administrativos. “La decisión del Consejo de Estado es clara. Lo que viene ahora es que la administración defina un plan de contingencia urgente para asumir este costo sin afectar al ciudadano”, concluyó.

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