Bucaramanga

Floridablanca decreta ley seca este 26 de octubre por consultas electorales del Pacto Histórico

Conozca las medidas de orden público que determinó Floridablanca, para garantizar la seguridad durante las elecciones del domingo.

Andrés Ardila, secretario del interior de Floridablanca

Andrés Ardila, secretario del interior de Floridablanca

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La Alcaldía de Floridablanca anunció la implementación de la ley seca para el próximo domingo 26 de octubre de 2025, día en que se desarrollarán las elecciones de carácter nacional y local, del Pacto Histórico.

La decisión fue oficializada mediante el Decreto No. 0273 del 16 de octubre de 2025, firmado por el alcalde José Fernando Sánchez Carvajal, con el propósito de garantizar la seguridad, la tranquilidad y el normal desarrollo del proceso electoral en el municipio.

De acuerdo con el documento, queda prohibido el expendio y consumo de bebidas embriagantes en todo el territorio de Floridablanca desde las 6:00 de la mañana hasta las 6:00 de la tarde del domingo 26 de octubre. La medida busca prevenir alteraciones del orden público durante la jornada democrática.

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“Se decretó para las próximas elecciones del 26 de octubre del 2025, ley seca a partir desde las 6 de la mañana hasta las 6 de la tarde. Elección a las consultas internas o interpartidistas, donde vamos a tener 17 precandidatos a la Cámara de Representantes por Santander, 145 precandidatos al Senado de la República y tres candidatos presidenciales”, señaló Andrés Ardila, secretario de interior de Floridablanca.

Agregó el secretario del interior que la ciudadanía apta para votar son más de 220 mil. “Se van a tener 48 puestos de votación y entre esos puestos van a existir 87 meses”, confirmó.

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El decreto modifica parcialmente el artículo segundo del Decreto 0268 del 10 de octubre, que había establecido medidas de orden público para las elecciones de los Consejos Municipales y Locales de Juventud, así como para las consultas internas e interpartidistas.

La administración municipal recordó que la restricción se adopta conforme al artículo 206 del Decreto Ley 2241 de 1986 (Código Electoral), que faculta a los alcaldes como primeras autoridades de policía para aplicar medidas transitorias que preserven la convivencia ciudadana durante los comicios.

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