¿Lo pueden multar por grabar a un policía? Esto dice el Código Nacional
¿Lo pueden multar por grabar a un policía en Colombia? Le contamos qué dice la ley y cómo ejercer este derecho ciudadano

¿Lo pueden multar por grabar a un policía? Esto dice el Código Nacional // Caracol Radio
El uso de celulares se ha vuelto bastante común en el día a día de los colombianos, el uso de esta herramienta permite explorar rutas en el GPS, comunicarse con las personas, enterarse de las últimas noticias, además de poder registrar los procedimientos policiales que suceden en la calle, principalmente cuando se presentan situaciones de abuso de autoridad o discusiones en espacios públicos. Sin embargo, ante estos escenarios surge la pregunta: ¿es legal grabar a un policía en ejercicio de sus funciones o puede generar una multa?
El Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana regula este tipo de situaciones y establece los límites entre el derecho de los ciudadanos a registrar imágenes y la protección de las labores de la Fuerza Pública.
¿Es legal grabar a un policía en Colombia?
Sí, en Colombia grabar a un policía es legal siempre y cuando el funcionario se encuentre en el ejercicio de sus funciones y en un espacio público. El derecho a registrar imágenes está amparado por la Constitución, en el marco de la libertad de expresión y el acceso a la información.
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Esto significa que un ciudadano puede utilizar su celular o cualquier dispositivo para registrar procedimientos policiales, siempre que no interfiera directamente con la labor de los uniformados.
¿Qué dice el Código Nacional de Seguridad?
El Código Nacional de Seguridad y Convivencia (Ley 1801 de 2016) no establece sanciones ni multas por grabar a un policía en un espacio público. Sin embargo, sí contempla comparendos cuando la grabación:
- Obstruya un procedimiento policial.
- Ponga en riesgo la seguridad de los uniformados o de terceros.
- Impida la movilidad en la vía pública.
Es decir, el ciudadano puede grabar, pero no está autorizado a acercarse demasiado, empujar, impedir el paso o generar alteraciones que afecten el procedimiento.
¿Lo pueden obligar a borrar el video?
No. Ningún policía puede exigir a un ciudadano que elimine un video o una fotografía tomada en un espacio público. De hecho, este material puede convertirse en una prueba válida en procesos disciplinarios o judiciales si se demuestra un abuso de autoridad.
La Corte Constitucional ha reiterado que la grabación de la función pública no vulnera la intimidad de los uniformados, pues no se trata de un acto privado sino de un procedimiento oficial.
¿Qué pasa si un policía lo sanciona por grabar?
Si un uniformado decide imponer un comparendo únicamente por el hecho de grabar, el ciudadano puede apelar la decisión ante un inspector de policía. En este escenario, el registro fílmico se convierte en una prueba que respalda la legalidad del acto ciudadano.
Además, organizaciones de derechos humanos recomiendan que, en caso de sentirse vulnerado, el ciudadano informe la situación a la Procuraduría General de la Nación o a la Personería Distrital.
En síntesis, en Colombia, grabar a un policía no es una falta ni un delito, siempre y cuando no se interfiera con el procedimiento. El Código Nacional de Seguridad y Convivencia no contempla sanciones por registrar en video o fotografía a uniformados en vía pública.
El llamado de las autoridades y de los expertos en derechos humanos es a ejercer este derecho de manera responsable, sin obstaculizar las labores policiales y garantizando que la grabación sea un mecanismo de control ciudadano y de defensa de los derechos fundamentales.



