JEP excluye a exdirector del DAS de Santa Marta, condenado por homicidio de Correa de Andreis
Según la JEP, ´la expulsión de Javier Alfredo Valle Anaya se genera por “incumplir con verdad y reparación”.

Javier Alfredo Valle Anaya. Foto: cortesía.
La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) evaluó los compromisos asumidos por Javier Alfredo Valle Anaya, exdirector del Departamento Administrativo de Seguridad (DAS) en Santa Marta, condenado por el asesinato del sociólogo barranquillero Alfredo Correa de Andreis y su escolta Edelberto Ochoa Martínez. Tras varios intentos del compareciente por ser admitido en el sistema transicional, la JEP alertó sobre su falta de verdad plena, reparaciones imprecisas y persistencia en negar su responsabilidad penal.
Cabe mencionar que Valle Anaya fue condenado en 2017 a 40 años de prisión por los delitos de homicidio en persona protegida, concierto para delinquir agravado y peculado por apropiación. No obstante, en 2018 solicitó su sometimiento ante la JEP como “agente del Estado no integrante de la fuerza pública”. La subsala que estudia casos de agentes estatales y paramilitares evaluó su solicitud, pero encontró múltiples deficiencias en su compromiso con los principios de verdad, justicia, reparación y no repetición.
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“El documento presentado no cumplió de forma adecuada con los requisitos de aporte a verdad plena; ya que no proporcionó detalles exhaustivos sobre los hechos por los que el compareciente fue condenado ni información que supere lo ya conocido”.
Propuestas vagas y sin impacto reparador
En su plan de reparación, Valle Anaya ofreció realizar una misa, imprimir volantes educativos y cursar un diplomado en resolución de conflictos, además de comprometerse a no vivir en el Caribe. Sin embargo, la JEP consideró estas acciones insuficientes.
“Las propuestas de no repetición también fueron consideradas como ambiguas y no constituían garantías efectivas para evitar la repetición de actos violentos relacionados con el conflicto”, dice el documento.
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A pesar de haber sido citado a audiencias y advertido sobre la necesidad de mejorar sus aportes, el exfuncionario continuó insistiendo en su inocencia y, en julio de 2024, entregó un documento titulado “estudio revisión sentencia”, donde cuestionó el fallo de la justicia ordinaria.
“El deber de aportar verdad no implica la obligación de aceptar responsabilidad”, reconoció la JEP, pero también fue enfática en que quienes fueron condenados con sentencia ejecutoriada, como Valle Anaya, ya no gozan de la presunción de inocencia.
Posible pérdida de beneficios
El análisis de la JEP señala que su relato no superó el umbral de lo ya establecido por la justicia penal, lo que compromete la continuidad de su caso bajo el amparo de la jurisdicción transicional. La subsala advirtió que el proceso podría ser devuelto a la justicia ordinaria.
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“Ante la renuencia al cumplimiento de las finalidades de la justicia transicional, la autoridad judicial cuenta con las facultades para reconducir las actuaciones del proceso o incluso, para declarar que ya no hay razones para seguir con el ejercicio de la competencia prevalente”.
“No hubo aporte a la verdad plena”
En septiembre de 2024, se llevó a cabo la audiencia de seguimiento al régimen de condicionalidad de Valle Anaya, diligencia en la que el defensor de derechos humanos José Humberto Torres solicitó a la JEP la exclusión de Valle Anaya de esa jurisdicción por considerar que no hubo aporte a la verdad plena en su relatos. Además su ofrecimiento de reparación constituía una burla para la víctimas y la sociedad.
En su decisión, la Sala de definiciones jurídicas de la JEP trajo a colación los nexos del director del DAS Jorge Noguera con el Bloque Norte de las AUC, de quien dijo necesitaba de servidores que cumplieran un rol ante las autodefensas, garantía que ofrecía Valle Anaya, a quien ascendió al cargo de subdirector del DAS en el Magdalena, territorio donde operaba en toda su extensión el grupo de autodefensas con el cual uno y otro colaboraba.
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En la página 25 del pronunciamiento, la JEP afirma que “La colaboración de Valle Anaya con las AUC fue determinante en la ejecución del doble homicidio. En primer lugar, se evidencia una cooperación estrecha entre el DAS y las AUC, en la que funcionarios del DAS, como Valle Anaya, no solo proporcionaron información falsa a la Fiscalía para judicializar a Correa de Andreis, sino que también facilitaron a los paramilitares datos e infraestructura del Estado para llevar a cabo asesinatos. Esta modalidad de colaboración ilustra una estrategia de persecución de personas identificadas como enemigas políticas o ideológicas consideradas de izquierda, particularmente líderes sindicales, activistas y académicos, como lo era Correa de Andreis”
El abogado defensor de derechos humanos José Humberto Torres manifestó que está es una victoria más de la justica contra la impunidad.




