17 tipos de vehículos no están obligados a cumplir el Pico y Placa Regional: ¿cuáles y por qué?
El Pico y Placa Regional busca regular la congestión vehicular durante los retornos de festivos y minimizar el impacto ambiental.

Pico y placa regional en Bogotá. Imagen vía Getty Images / cesarrosphoto
Este lunes festivo 30 de junio, por motivo de la conmemoración del Día de San Pedro y San Pablo, regirá el Pico y Placa Regional en las vías de ingreso a Bogotá.
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El Pico y Placa Regional es una medida de restricción vehicular que opera los últimos días de los puentes festivos, o cuando lo establezca el Distrito, en los nueve corredores de ingreso a la ciudad. Su objetivo es regular la congestión vehicular durante los retornos de festivos y minimizar el impacto ambiental.
Aplica para vehículos particulares y restringe la circulación según el último dígito de la placa. Entre las 12:00 p.m. y las 4:00 p.m., solo pueden ingresar vehículos con placas terminadas en número par, mientras que de 4:00 p.m. a 8:00 p.m., solo se permite el ingreso de vehículos con placas impares.
De acuerdo con la Alcaldía de Bogotá, durante el pico y placa regional no aplica la excepción pico y placa solidario. No obstante se establecieron 17 tipos de vehículos que están exentos de la restricción, principalmente por razones de seguridad, emergencia, servicios esenciales y apoyo a poblaciones vulnerables.
Entre estos están vehículos eléctricos y de cero emisiones, caravana presidencial, carrozas fúnebres, vehículos de emergencia.
La sanción por incumplir la medida regional está estipulada en el Código Nacional de Tránsito para la infracción C.14, que conlleva además la inmovilización del vehículo. La multa equivale a $604.100, en 2025.
Excepciones del Pico y Placa Regional
Según el Decreto 002 de 2022 son las siguientes, estos son los vehículos exentos:
- Vehículos eléctricos y de cero emisiones contaminantes.
- Caravana presidencial.
- Vehículo de servicio diplomático o consular.
- Carrozas fúnebres.
- Vehículos de organismos de seguridad del Estado.
- Vehículos de emergencia.
- Vehículos utilizados para el transporte de personas en condición de discapacidad, previamente inscritos.
- Vehículos de empresas de servicios públicos domiciliarios.
- Vehículos destinados al control del tráfico y grúas.
- Vehículos de control de emisiones y vertimientos.
- Motocicletas.
- Vehículos asignados por la Unidad Nacional de Protección.
- Vehículos de medios de comunicación.
- Vehículos de autoridades judiciales.
- Vehículos de transporte escolar.
- Vehículos particulares destinados a la enseñanza automovilística.
- Vehículos híbridos.
Corredores viales donde aplica el Pico y Placa Regional
- Autopista Norte: desde el peaje Andes hasta el portal Norte, sentido norte – sur.
- Autopista Sur: desde el límite municipal de Soacha hasta la avenida Boyacá, sentido sur – norte.
- Avenida Centenario (calle 13): desde el Río Bogotá hasta la avenida Ciudad de Cali (avenida carrera 86), sentido occidente – oriente.
- Avenida Calle 80: desde el puente de Guadua hasta el Portal 80, sentido occidente – oriente.
- Avenida Carrera 7: desde la calle 245 hasta la calle 183, sentido norte – sur.
- Avenida Boyacá vía al Llano: desde el túnel Argelino Durán Quintero hasta la antigua vía al Llano, sentido sur – norte.
- Vía Suba Cota: desde el Río Bogotá hasta la avenida calle 170, sentido norte – sur.
- Vía la Calera: desde el peaje Patios hasta la Carrera 7, sentido oriente – occidente.
- Vía a Choachí: desde la vía a Monserrate hasta la avenida circunvalar, sentido oriente – occidente.



