En qué casos los padres reciben pensión de hijo fallecido: Requisitos pensión de sobrevivientes
Este reconocimiento se otorga a los padres, bajo ciertas condiciones. Estos son los casos según la ley colombiana:

Pensión de sobrevivientes en Colombia. Imagen vía Getty Images / Jacob Wackerhausen
En Colombia, los padres de un hijo fallecido pueden recibir la pensión de sobrevivientes en algunos casos específicos. Para ello, se deben cumplir algunos requisitos como demostrar que dependían económicamente del afiliado o pensionado, y que no exista cónyuge o compañero permanente, o hijos menores de edad.
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La pensión de sobrevivientes es una prestación que busca garantizar una estabilidad económica suficiente a la familia de un fallecido para que pueda subsistir en condiciones dignas. Es reconocida por los fondos privados o Colpensiones, según cada caso.
Para que una persona tenga derecho a la pensión, el afiliado fallecido debe haber cotizado como mínimo 50 semanas dentro de los tres años anteriores a su muerte, según el Ministerio de Justicia.
Si el fallecido no reunió los requisitos, se podrá solicitar una indemnización sustitutiva. En ningún caso el monto de la pensión podrá ser inferior al salario mínimo vigente.
En qué casos los padres reciben pensión de hijo fallecido
Como se mencionó anteriormente, este reconocimiento se otorga a los padres, bajo ciertas condiciones, si no hay otros beneficiarios como cónyuge, compañero o hijos, quienes son los principales beneficiarios.
La pensión de sobrevivientes se distribuye de acuerdo con un orden de prioridad establecido por la ley. Así es según el artículo 13 de la ley 797 de 2003, que modificó los artículos 47 y 74 de la ley 100:
- Cónyuge o compañero/a permanente: deben haber convivido los últimos 5 años con el fallecido.
- Hijos menores de edad o estudiantes: Los hijos menores de edad y los estudiantes entre 18 y 25 años también son beneficiarios.
- Hijos con discapacidad: Los hijos con discapacidad que dependan económicamente del afiliado también tienen derecho a la pensión.
- Padres y hermanos con discapacidad: Si no hay cónyuge ni hijos, los padres y hermanos inválidos que dependan económicamente del afiliado también pueden ser beneficiarios.
Si el difunto hubiere tenido esposo, compañero e hijos, la ley detalla que el 50% quedará para el cónyuge o compañero, y el 50% para los hijos en partes iguales. A falta de hijos, el 100% será para la pareja y viceversa.
Requisitos pensión de sobrevivientes
Para el afiliado los requisitos son:
- Haber cotizado un mínimo de 50 semanas en los 3 años anteriores a su fallecimiento.
- Estas semanas de cotización pueden ser continuas o discontinuas.
Para los beneficiarios:
- Ser cónyuge, compañero(a) permanente, hijos menores, hijos estudiantes entre 18 y 25 años, hijos con discapacidad que dependían económicamente del fallecido, padres y hermanos con discapacidad.
- En el caso de hijos estudiantes, deben estar estudiando.
- En el caso de hijos con discapacidad, deben tener un dictamen de invalidez.
- Los padres y hermanos solo tendrán derecho si no hay cónyuge, compañero(a) permanente o hijos.
- En caso de que haya múltiples beneficiarios, la pensión se puede distribuir: al cónyuge le corresponderá el 50% y el otro 50% se dividirá entre los hijos.
- En caso de que haya una sociedad conyugal vigente y una segunda relación, la pensión se dividirá en proporción al tiempo convivido.
Documentación requerida para el trámite:
- Documento de identificación de los beneficiarios
- Registro civil de nacimiento de los hijos
- Certificado de escolaridad para hijos entre los 18 y 25 años
- Dictamen de invalidez para hijos discapacitados
- Declaración de convivencia para cónyuge o compañero(a) permanente
- Declaraciones de terceros (dos testigos) que certifiquen el estado civil del afiliado, la existencia de otros beneficiarios
Para solicitar la pensión de sobrevivientes los familiares deberán radicar los documentos en las oficinas del fondo de pensiones privado o en las oficinas de Colpensiones. Estos serán evaluados y analizados por la entidad, la cual decidirá si usted cumple con los requisitos para ser beneficiario.
Aunque los requisitos pueden variar dependiendo de cada caso particular las personas interesadas en consulta la lista de documentos requeridos para el trámite podrá hacerlo en: https://www.ugpp.gov.co/pension-de-sobrevivientes/



