Cómo es el pico y placa en Pereira: Restricción los días 19, 20, 21, 22 y 23 de mayo
En la capital de Risaralda, el pico y placa opera de 6 a.m. a 8 p.m. de lunes a viernes.

Vista de la ciudad de Pereira, Colombia (Getty Images)
Mediante el Decreto 540 del 26 de febrero de 2024, la Alcaldía de Pereira determinó el funcionamiento del pico y placa, una medida que rige para vehículos, motocicletas, motocarros y cuatrimotos en un horario de 6 a.m. a 8 p.m. en jornada continua, donde los conductores no podrán movilizarse por el perímetro urbano y suburbano de la capital risaraldense.
Sin embargo, esta prohibición no aplica en las vías departamentales, nacionales y concesionadas como:
- Concesión Autopistas del Café (2901)
- Variante Condina (29RSD)
- Variante La Romelia - El Pollo (29RSC)
- El Tigre - Cerritos (29RS01)
- Marsella - Turín (Vía de departamental)
- Intersección Glorieta San Joaquín – vía Alcalá (Vía de departamental)
¿Cuál es la multa si transita en pico y placa en Pereira?
En su artículo 131, el Código Nacional de Tránsito es enfático al indicar en el parágrafo C que los conductores que se movilicen “por sitios restringidos o en horas prohibidas por la autoridad competente”, serán sancionados con una multa de 15 salarios mínimos diarios legales vigentes (SMLDV) o su equivalente a $711.000 COP aproximadamente.
Ahora bien, el automotor será inmovilizado y llevado a los patios, según establece el apartado C14.
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Pico y placa en Pereira: semana del 19 al 23 de mayo
Por medio del Decreto previamente mencionado, la Alcaldía de Pereira determinó que los vehículos particulares, motocicletas, motocarros, mototriciclos y cuatrimotos tendrán el siguiente pico y placa:
- Lunes 19 de mayo: placas terminadas en 0 y 1.
- Martes 20 de mayo: placas terminadas en 2 y 3.
- Miércoles 21 de mayo: placas terminadas en 4 y 5.
- Jueves 22 de mayo: placas terminadas en 6 y 7.
- Viernes 23 de mayo: placas terminadas en 8 y 9.
Esta medida aplicará de lunes a viernes de 6 a.m. a 8 a.m., tal como se indicó.
¿Qué vehículos NO tienen pico y placa?
Según lo establecido, algunos vehículos se exceptúan de la restricción de pico y placa; por ejemplo:
- Automotores eléctricos o híbridos.
- Caravana presidencial.
- Vehículos de servicio diplomático o consular.
- Carrozas fúnebres o adecuadas técnicamente para el traslado de féretros.
- Automotores que pertenezcan a cuerpos de seguridad del Estado, Fuerzas Militares, Policía Nacional, entre otros.
- Vehículos tipo grúa, sea público o particular.
- Automotores empleados para el transporte de personas en condición de discapacidad.
- Vehículos destinados al transporte de valores.
- Carros que movilicen a personal médico, paramédico y asistencial.
- Automotores que presten servicio de mensajería, entre otros.