Multa de hasta 4 SMDLV para propietarios de gatos que no cumplan esta norma en conjuntos
Evite pagar de más. Le contamos que no debe hacer según el Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana.

Multa para propietarios de gatos que no cumplan esta norma en conjuntos. Fotos tomadas de Canva
Tener mascotas en apartamentos o casas es cada vez más frecuente, por eso es importante que tenga precaución si vive en conjuntos cerrados y se sujete a la reglamentación de los lugares públicos, edificaciones y conjuntos.
De acuerdo con el Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana (Ley 1801 de 2016) existen ciertos artículos específicos que regulan como deben andar las mascotas en zonas comunes de los conjuntos. Tenga en cuenta que no le pueden prohibir tenerlas o que estas circulen por el espacio público.
¿Qué indica la norma?
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En los artículos 117 y 118 de este código se hace alusión a la tenencia de animales domésticos. Dentro de las especificaciones, la norma menciona que no se puede prohibir el tránsito libre de estos por las zonas comunes de la copropiedad, pero en el caso de los felinos se deben cargar en maletines o con collares especiales para su transporte.
Según el Instituto colombiano de Derecho Procesal, el incumplir esta norma, puede llevar a mulas de hasta 4 salarios mínimos diarios legales vigentes (smdlv), valor que en el 2025 equivale a $189.800 pesos colombianos.
La ley también advierte que en caso de que se incumpla frecuentemente o no se acate la norma, los administradores deberán solicitar de manera inmediata a las Asambleas de Copropietarios una actualización de los Manuales de Convivencia de propiedades horizontal o conjuntos residenciales. Con ello podrán aplicar la multa según lo dispuesto por las autoridades y hacerla efectiva dentro de los conjuntos.
Tenga en cuenta que este código, no solo multa a los dueños de gatos, también es equivalente para perros. Para tal caso, existe una normativa específica si su canino es considerada potencialmente peligrosa. En el artículo 126, encuentra la lista con las razas que deben portar bozal (American Staffordshire Terrier, Bullmastiff, Dóberman, Dogo Argentino, Dogo de Burdeos, Fila Brasileiro, Mastín Napolitano, Bull Terrier, entre otras).
Otros incumplimientos a la ley
Como lo estipula el artículo 116, que hace referencia al respeto y cuidado que se debe detener con las mascotas, está prohibido:
- Promover, participar y patrocinar actividades de apuestas en cualquier recinto, en donde, de manera presencial, se involucren animales, con excepción a lo previsto en la Ley 84 de 1989.
- La venta, promoción y comercialización de animales domésticos en vía pública, en municipios de más de cien mil (100.000) habitantes.
- El que permita, en su calidad de propietario, poseedor, tenedor o cuidador, que los semovientes deambulen sin control en el espacio público.
Frente a estos casos, las mutas podrían llegar a los 16 salarios mínimos diarios legales vigentes (smdlv), o a participar en programas comunitarios o actividades pedagógicos de convivencia. Esto no solo aplica dentro de los conjuntos residenciales, abarca los espacios públicos.



