Pico y placa en Cali: así regirá la medida desde lunes 21 al viernes 25 de abril del 2025
Conozca cómo regirá la medida de pico y placa en Cali entre el 21 y el 25 de abril.

Pico y Placa Cali abril 2025 - Getty Images
Las principales ciudades del país como Bogotá, Medellín, Cartagena, Cali y Pereira cuentan con medidas de restricción vehicular o pico y placa durante los días hábiles, e incluso los sábados, que tienen como objetivo mejorar la movilidad de la ciudad, disminuyendo el tiempo de desplazamiento de los ciudadanos, entre otros motivos para su aplicación.
Las instituciones encargadas, específicamente las secretarías de movilidad, suelen ser las encargadas de establecer las características de esta restricción, como los horarios de aplicación, la rotación de las placas durante la semana, las vías donde no aplicará la medida e incluso los programas para que los conductores puedan evitar la restricción.
Estas características pueden tener variaciones año a año, en el caso de la ciudad de Cali, capital del departamento del Valle del Cauca, para 2025 las condiciones del pico y placa se encuentran establecidas en el Decreto 4112.010.20 de 2024, y tendrán vigencia hasta el próximo 30 de junio de 2025.
Le contamos cómo funcionará la medida de pico y placa en la ‘Sucursal del cielo’ durante la semana del lunes 21 de abril hasta el viernes 25 de abril, recuerde que si es sorprendido violando la medida podrá recibir una multa de 15 Salarios mínimos diarios legales vigentes.
Pico y placa Cali
Luego de los días festivos por la Semana Santa, regresa la restricción de movilidad a la ciudad de Cali, así aplicará el pico y placa entre el lunes 21 de abril hasta el viernes 25 de abril, en un horario de 6:00 a.m. a 7:00 p.m.
Vea también:
- Lunes 21 de abril: no podrán circular vehículos con placas terminadas en 5 y 6.
- Martes 22 de abril: no podrán circular vehículos cuyas placas terminen en 7 y 8.
- Miércoles 23 de abril: no podrán circular vehículos con placas terminadas en 9 y 0.
- Jueves 24 de abril: restricción de movilidad para vehículos con placas terminadas en 1 y 2.
- Viernes 25 de abril: no podrán circular vehículos con placas terminadas en 3 y 4.
Tenga en cuenta, que esta medida aplica en todo el perímetro urbano del Distrito Especial de Cali, y debe ser cumplida por todos los vehículos que deban ingresar o salir del perímetro urbano hacia el resto del país.
Vehículos exentos de la medida
El artículo segundo del decreto mencionado anteriormente establece los vehículos que se encuentran exentos de la medida y pueden circular por la ciudad.
- Vehículos de emergencia pertenecientes a Defensa Civil, Bomberos Voluntarios, cruz roja, ambulancias debidamente registradas.
- Los vehículos registrados en el tipo de servicio Oficial, Diplomáticos y Consulares.
- Los vehículos que ya estén registrados que transporta personas con movilidad reducida.
- Los vehículos híbridos y eléctricos parametrizados por tipo de combustible Eléctrico, Gasolina/Eléctrico o Diésel/Eléctrico.
- Los vehículos de carga con capacidad mayor o igual a cinco (5) toneladas según su licencia de tránsito.
- Vehículos cuyos propietarios paguen la tasa por congestión o contaminación establecida mediante el Acuerdo Municipal No 0563 del 2023 o la norma que le modifique
- Las motocicletas.